Vía libre a la Ley que regula el sistema de gestión de la PAC para su entrada en vigor el 2 de enero de 2023
La Ley por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas quedó definitivamente aprobada este jueves 15 de diciembre en el Pleno del Congreso de los Diputados.
El texto incluye todas de las enmiendas del Senado, que fueron sometidas a consideración del Pleno de la Cámara Baja y, por tanto, la ley está lista para su entrada en vigor el próximo 2 de enero, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Entre las enmiendas incorporadas en el Senado y que recibieron el visto bueno de la Cámara Baja, se establece que el Gobierno coordinará con la Unión Europea «la adopción de medidas necesarias para asegurarse que los productos agroalimentarios, ganaderos y pesqueros que se consuman en España procedentes desde terceros países cumplan las mismas normas de producción y requerimientos que se exigen a los productos obtenidos en la Unión Europea», en particular en lo que se refiere a la protección del medio ambiente y la salud.
Además, las enmiendas introducidas por la Cámara Alta incluyen ocho nuevas disposiciones adicionales, entre las que se indica que el Ministerio de Agricultura incluirá en el Plan Estatal de la PAC, «compensar y cubrir los costes adicionales y de los nuevos requisitos» previstos en esta ley en los que incurran los productores los próximos años.
En dicha ley se han incluido también medidas específicas para Canarias, como aquellas que permiten la “recuperación de las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por la erupción volcánica” en la isla de La Palma o la regularización de los viñedos plantados en esta Comunidad Autónoma entre 1998 y 2013.
Asimismo, se introducen tres disposiciones finales con las que se introducen modificaciones en la Ley General de la Seguridad Social, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, o el Real Decreto-ley 6/2022, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, en lo que se refiere a las medidas de apoyo a la industria gas intensiva.
Nueva orientación de la PAC centrada más en los resultados
La próxima reforma de la PAC, indica el proyecto de ley en su exposición de motivos, estará más «centrada en los resultados y orientada al mercado», para contribuir a alcanzar «una mayor modernización y sostenibilidad del sector agrario».
En este sentido, y según el texto, la nueva orientación de la PAC se articulará «sobre una mayor subsidiariedad a los Estados miembros, que deberán ser quienes sobre la base de la situación y necesidades específicas diseñen sus propias intervenciones».
Por ello, para poder implantar y gestionar las intervenciones incluidas en el plan estratégico de la PAC (PEPAC), dice la norma, «se hace necesario disponer de las adecuadas herramientas que permitan una aplicación armonizada de todas las medidas en el territorio nacional».
Y, para ello, esta ley tiene por objeto, de acuerdo con el artículo 1, establecer «las normas básicas y de coordinación» para que se aplique en España el sistema de gestión de las ayudas de la PAC a partir del año 2023.
Entre otros asuntos, se establece que el Gobierno podrá adoptar «todas las disposiciones reglamentarias necesarias para garantizar una protección eficaz de los intereses financieros de la Unión Europea».
Asimismo, se pondrán en marcha «sistemas eficaces de gestión y control para garantizar el cumplimiento de la normativa de la Unión Europea en el marco de la PAC, con el fin de que su aplicación sea coordinada y homogénea en todo el territorio nacional».
También se establece que los beneficiarios de las ayudas de la PAC y otros titulares de explotaciones agrarias tendrán la obligación de colaborar con las autoridades competentes «en cualesquiera actividades de control y verificación necesarias».
Además, el texto recoge una serie de penalizaciones y sanciones a las personas beneficiarias, así como las relativas a determinados sectores agrarios relacionados con la PAC. Por ejemplo, indica que si se determina que la persona beneficiaria ha facilitado «datos o información incorrecta de manera intencionada con objeto de recibir la ayuda», la autoridad competente «denegará íntegramente la ayuda solicitada», así como en el caso de que se obstruya o haya resistencia a las actuaciones de control por parte de la persona beneficiaria de las ayudas.
La ley establece excepciones a las relaciones con las Administraciones por vía electrónica
El proyecto de ley también establece que en todos los procedimientos administrativos, los beneficiarios de ayudas de la PAC, así como otros titulares de explotaciones agrarias, deberán relacionarse con la Administración «exclusivamente por medios electrónicos».
No obstante, el texto señala que «para facilitar y simplificar el acceso a la gestión de dichos procedimientos por medios electrónicos», las autoridades competentes «pondrán a disposición de los titulares de las explotaciones las herramientas y servicios necesarios para posibilitar el ejercicio de sus obligaciones y derechos».
Asimismo, se asegurará el derecho «a la transmisión de información y comunicación por medios no electrónicos» a las personas físicas para las que la autoridad competente «no tenga acreditado fehacientemente que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios».
La ley regula regímenes sancionadores en materia de ayudas de la PAC
Por otro lado, el texto regula los regímenes sancionadores en materia de ayudas de la PAC, tipificando como infracciones muy graves, entre otras, «la resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de control y auditoría cuando el importe de la ayuda solicitada sea igual o superior a 50.000 euros».
También se recogen las sanciones, y se establece un plazo de cuatro años para la prescripción de infracciones, y del año a los cuatro para las sanciones, en función de su gravedad.
Igualmente, se regulan los regímenes sancionadores en materias agrarias conexas, como son la comercialización de aceite de oliva y el sistema de información de los mercados oleícolas, así como en determinados ámbitos del sector lácteo, al igual que se establecer el régimen sancionador en materia de cría animal, o de nutrición sostenible en los suelos agrarios.
La Ley incluye modificaciones de otras normas diversas
Por otro lado, el texto modifica la ley de la Viña y del Vino, la General de Subvenciones o algunos aspectos de la Ley para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, y de la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en relación con la eliminación de residuos y el sistema de infracciones.
Por otro lado, según quedó aprobado en Comisión, el texto hace cambios en el Real Decreto por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, la denominada tarifa de doble potencia eléctrica.
También cambia la Ley de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, modificando el artículo relativo al reconocimiento de las entidades asociativas prioritarias (EAPs).