Cerca de 131.500 cultivadores de secano, de arroz y tomate para industria recibirán en breve casi 252 M€ de ayudas de Estado por sequía y la guerra en Ucrania
El Ministerio de Agricultura publicó este jueves 21 de marzo una resolución con el listado de 131.488 titulares de explotaciones agrícolas, productores de tierra de cultivo de secano, arroz y tomate para industria, que percibirán la ayuda extraordinaria de 251,9 millones de euros, cuyo fin es compensar a este colectivo por las dificultades debidas a la sequía y a la guerra en Ucrania.
El importe de esta ayuda será ingresado directamente en las cuentas bancarias de los agricultores beneficiarios entre los últimos días de este mes de marzo o en los primeros días de abril. El importe de estas ayudas corresponde al 94 % del presupuesto total asignado a esta línea de apoyo (268,7 M€).
La ayuda extraordinaria fue aprobada por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas.
Con estos nuevos pagos, según el MAPA, se habrán abonado a agricultores y ganaderos unos 1.334 M€ de los 1.380 millones que fueron aprobados por el Gobierno en concepto de ayudas extraordinarias de Estado.
La ayuda beneficia a titulares de explotaciones agrícolas, elegibles para la percepción de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) en la campaña 2023 y que cuenten en su explotación con tierras de cultivo de secano, excluidos los pastos temporales, de cultivo de arroz en regadío en zonas tradicionales o de superficie determinada para la ayuda asociada al cultivo de tomate para industria o transformación en las últimas campañas.
El número de hectáreas subvencionables para la percepción de estas ayudas fue determinado de oficio ya por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), conforme a los criterios establecidos en la Orden APA/871/2023, de 20 de julio, que desarrolla el real decreto ley mencionado.
La superficie subvencionable en tierras de cultivo de secano corresponde a la solicitada en la PAC de 2023
En concreto, la superficie subvencionable de tierras de cultivo de secano corresponde a las hectáreas de tierras, excluidos los pastos temporales, determinadas para la percepción de las ayudas directas de la Solicitud Única de la PAC 2023. En el caso de la Comunidad autónoma de Canarias, se tomó como referencia el número de hectáreas que figuren en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) a 30 de junio de 2023.
Para las tierras de cultivo de secano se ha establecido un máximo de 300 hectáreas subvencionables por cada beneficiario.
En cuanto a las superficies subvencionables de arroz y de tomate de industria, el MAPA aclara que son aquellas en la que no se haya realizado siembra en el año 2023.
En este enlace de la página web del FEGA puede consultarse un documento de preguntas más frecuentes (PMF), elaborado específicamente para estas ayudas, en donde se explica cómo se ha realizado el cálculo de las superficies subvencionables para cada tipo de producto, ilustrándolo con diversos ejemplos.
Los importes unitarios definitivos establecidos por el FEGA son:
- a) en tierras de cultivo de secano, de 39,880605 €/ha subvencionable, pero solo en las provincias clasificadas como zona de afectación alta por la sequía;
- b) en tierras de cultivos de secano, de 19,940303 €/ha subvencionable, pero solo en las provincias clasificadas como zona de afectación media por la sequía;
- c) en tierras de regadío de cultivo de arroz, de 186,10949 €/ha subvencionables;
- d) en tierras de cultivo en regadío de tomate para industria, de 407,668408 €/ha subvencionable.
No se conceden ayudas a los beneficiarios, cuyo importe total a percibir sea inferior a 200 euros.
El MAPA recuerda que las zonas de afectación alta por sequía para las tierras de cultivo de secano establecidas en la Orden APA/871/2023 son las CC.AA. de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana, Extremadura, La Rioja, Murcia y Navarra, y las provincias de Álava, Ávila, Salamanca y Segovia, así como el enclave de Treviño (Burgos).
Las zonas de afección media por sequía son las CC.AA. de Illes Balears y Canarias, y las provincias de Burgos (salvo el enclave de Treviño), León, Palencia, Soria, Valladolid y Zamora.
La relación de titulares de explotaciones agrícolas que recibirán estas ayudas, junto con el número de hectáreas elegibles y la cuantía de la ayuda a percibir, puede consultarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica del FEGA
La distribución por CC.AA. de estas ayudas extraordinarias de Estado, en orden de mayor a menor, es la siguiente: Castilla-La Mancha, casi 67,66 millones de euros para 31.584 beneficiarios; Castilla y León, 61,96 M€ para 35.541 beneficiarios; Andalucía, 38,47 M€ para 18.869 beneficiarios; Aragón, 37,32 M€ para 16.393 beneficiarios; Extremadura,15,61 M€ y 8.002 beneficiarios; Cataluña, 12,15 M€ y 10.130 beneficiarios; Comunidad Foral de Navarra,7,62 M€ y 4.316 beneficiarios; Madrid, 3,52 M€ y 1.157 beneficiarios; País Vasco, 2,02 M€ y 834 beneficiarios; Región de Murcia, casi 2 M€ y 1.191 beneficiarios; La Rioja, 1,63 M€ y 1.333 beneficiarios; Comunidad Valenciana, 1,19 M€ para 1.059 beneficiarios; Islas Baleares, 731.034 € y 1.032 beneficiarios; ; Canarias, 15.151 € y 35 beneficiarios, y Cantabria, 5.981y 12 beneficiarios.
Comunidad Autónoma | Nº titulares de explotaciones |
Importe Total € |
Andalucía | 18.869 | 38.473.897 |
Aragón | 16.393 | 37.321.105 |
Islas Baleares | 1.032 | 731.034 |
Canarias | 35 | 15.151 |
Cantabria | 12 | 5.981 |
Castilla-La Mancha | 31.584 | 67.658.623 |
Castilla y León | 35.541 | 61.960.408 |
Cataluña | 10.130 | 12.152.532 |
Extremadura | 8.002 | 15.613.069 |
Madrid | 1.157 | 3.521.411 |
Murcia | 1.191 | 1.988.648 |
Navarra | 4.316 | 7.623.332 |
País Vasco | 834 | 2.024.311 |
La Rioja | 1.333 | 1.632.841 |
C. Valenciana | 1.059 | 1.190.622 |
TOTAL | 131.488 | 251.912.965 |
El MAPA recuerda que las ayudas se asignan a la Comunidad Autónoma, en la que se gestiona la Solicitud Única de la PAC 2023.
Los titulares, que figuran en la resolución de concesión publicada, son aquellos que aparecían en la resolución provisional de 5 de febrero y, además, se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, pero también que no hayan presentado alegaciones sustanciales.
La resolución publicada recoge, igualmente, a aquellos titulares a los que no se les ha realizado el pago por haberse detectado que no están al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. Por lo cual, en el plazo máximo de un mes, se realizará una segunda comprobación para verificar si han subsanado las deficiencias y, si lo han hecho, podrán recibir la ayuda.
En la resolución se recoge también a una serie titulares, que aparecían en la resolución provisional de 5 de febrero, pero se les ha desestimado la ayuda como consecuencia de una revisión de oficio por parte de la Comunidad Autónoma.
En el caso de titulares que hayan presentado alegaciones sobre aspectos relacionados con la zona de afectación, titulares de la explotación o número de hectáreas, éstas serán remitidas a las correspondientes CC. AA. para sus análisis, procediéndose posteriormente a la resolución de -éstas y, si procede, al pago de la citada ayuda extraordinaria de Estado.