El MAPA adaptará las normas de tramitación registral de las IGs de calidad agroalimentarias

El MAPA adaptará las normas de tramitación registral de las IGs de calidad agroalimentarias

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación abre hasta el próximo 22 de julio consulta pública sobre el proyecto de real decreto por el que se regula el procedimiento administrativo para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el registro comunitario de las Indicaciones Geográficas (IGs) de calidad agroalimentaria reconocidas por la Unión Europea: Denominaciones de Origen Protegidas (DOPs), Indicaciones Geográficas Protegidas (IGPs) y Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETGs).

El real decreto regula también la tramitación de las solicitudes de modificación de los pliegos de condiciones de las IGs y de su cancelación. Así mismo se establecen los procedimientos de las declaraciones de oposición a todas ellas durante la fase nacional.

La tramitación de la modificación de la normativa viene motivada por la entrada en vigor del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas.

Con el nuevo real decreto se pretende también instrumentar de un modo más eficaz los procedimientos y reducir las cargas administrativas.

La regulación normativa afecta tanto a las DOPs/IGPs/ETGs supraautonómicas como a las autonómicas

Además de regular el procedimiento nacional para las DOPs e IGPs, cuyo ámbito territorial sea superior al de una Comunidad Autónoma, y las ETGs, determinados preceptos serán también de aplicación a aquellas figuras de calidad diferenciada cuyo ámbito territorial se circunscriba solamente al de una Comunidad Autónoma y que administrativamente dependen, por tanto, de la correspondiente Administración autonómica.

También se regulan las funciones de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada entre el MAPA y las CC.AA.

El reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo mencionado establece las normativas para las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), las Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG) y los Términos de Calidad Facultativo.

Estas figuras son clave para promover la imagen de España y constituyen uno de los pilares fundamentales de la estrategia “Alimentos de España”.

La consulta pública está disponible en los siguientes enlaces:

https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/participacion-publica/iigg_final.aspx

https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/participacion-publica/listado_proyectos_normativos.aspx

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