Nuevas disposiciones para la identificación de productos vitivinícolas
Serán aplicables a determinados vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP) y con Indicación Geográfica Protegida (IGP). El nuevo Real Decreto contempla la mención ‘Embotellado en origen’, cuando esa labor se haya realizado en la zona geográfica limitada o en sus inmediaciones. Se actualiza el listado de unidades geográficas, mayores que la zona que abarca una DOP o IGP, incluyendo la mención geográfica ‘Andalucía’.
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto que modifica la normativa vigente por la que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.
La nueva norma contempla para los vinos con Denominación de Origen Protegida (DOP) y con Indicación Geográfica Protegida (IGP), la posibilidad de utilizar la mención ‘Embotellado en Origen’, cuando los vinos hayan sido embotellados en una empresa situada en la zona geográfica delimitada o en las inmediaciones de la zona geográfica delimitada, cumpliendo los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones de estas figuras y de acuerdo a la normativa comunitaria.
Esta modificación se ha impulsado a solicitud de las comunidades autónomas de Cataluña y Castilla y León.
También se actualiza el listado de unidades geográficas, que podrá ser mayor que la zona que abarca una DOP o IGP, para poder utilizar la mención geográfica ‘Andalucía’ para los vinos dependientes de esa Comunidad Autónoma.