El FEGA ha publicado en su página web las 8 notas técnicas actualizadas, tras abrirse el plazo para presentar la Solicitud Única de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) el pasado 1 de febrero.
El FEGA publica las 8 notas técnicas actualizadas de cara a cumplimentar la Solicitud Única de la PAC 2020
Como en años anteriores las notas son un compendio de la normativa y requisitos aplicables a las ayudas de la PAC y hacen referencia al Agricultor activo y actividad agraria (NT 1); a la Asignación de derechos de pago básico (NT2); al Pago para prácticas beneficiosas para el medio ambiente (NT 3); a las Ayudas asociadas a la producción (NT 4); a las Ayudas a los jóvenes agricultores en la nueva PAC (NT 5); al Régimen de pequeños productores en la nueva PAC (NT 6); a la Condicionalidad (NT 6), Y a Preguntas y Respuestas sobre la aplicación de la PAC (NT 8).
Estas Notas Técnicas pueden descargarse y servir de Guía Práctica para la toma de decisiones ante el periodo de presentación de la Solicitud Única de ayudas directas de la PAC 2020. En ellas se recogen los cambios en la normativa que regula las ayudas directas en esta campaña 2020, conforme al Real Decreto publicado en noviembre de 2019.
Notas técnicas informativas sobre la PAC 2020
Los cambios introducidos en el RD de finales de 2014 sobre la aplicación a partir de dicho año de los pagos directos a la agricultura y la ganadería, modificado el 1 de noviembre de 2019, de cara a la campaña 2020 se deben, según el FEGA, a la necesidad de adaptar la normativa nacional a ciertas actualizaciones en el marco reglamentario de la Unión Europea, así como a ajustes técnicos derivados de la experiencia adquirida en años anteriores.
Las modificaciones más destacables son:
-Se actualiza el control de la figura de agricultor activo, reforzando los controles sobre los titulares que, por ser su actividad principal muy diferente a la agraria, se incluyen en la denominada lista negativa de solicitantes. Con esta cambio se podrá controlar mejor que estos solicitantes están realmente ejerciendo la actividad agraria.
-Se introducen mejoras técnicas para favorecer el acceso de jóvenes y nuevos agricultores a la Reserva Nacional de derechos de pago básico y a la percepción de la ayuda complementaria a jóvenes agricultores.
-Se incluyen ajustes técnicos derivados de la incorporación de los controles por monitorización a los regímenes de ayudas, en relación a un nuevo plazo de modificación de la Solicitud Única, al objeto de unificar las fechas para el cumplimiento de los requisitos para estos expedientes controlados por monitorización.
Censo agrario 2020
Por otro lado, el FEGA recuerda que el Censo Agrario 2020, que se está elaborando en la actualidad, recogerá este año los datos relativos a la campaña agrícola 2020. Los resultados de este Censo se publicarán en 2022, a la vez que en el resto de países de la Unión Europea.
El FEGA señala que para los agricultores y ganaderos que presenten una Solicitud Única de ayudas PAC en el presente 2020, los datos del Censo Agrario 2020 (https://www.ine.es/censoagrario2020/)se obtendrán a partir de dichas solicitudes y del Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), en el caso de que tengan ganado.
Esto supondrá una gran simplificación de cara a los solicitantes de ayudas de la PAC, al evitarles tener que cumplimentar los cuestionarios con los que tradicionalmente se elaboraba dicho censo agrario.
La información obtenida del Censo Agrario es de gran importancia para la elaboración de políticas destinadas a favorecer el desarrollo competitivo y sostenible de la agricultura y la ganadería. La UE promueve su realización en todos los países miembros para la comparación armonizada entre ellos.
Exclusión del SIGPAC
Por otro lado, el FEGA ha publicado la lista de 109 términos municipales en los que, de manera excepcional, no se utilizarán las referencias del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) para la identificación de las parcelas agrícolas en la campaña de la PAC 2020
Como ayuda a la presentación de solicitudes por superficie de la PAC, se publica la relación detallada y el resumen de todos los municipios de España en los que, en todo o en parte de su territorio, la declaración de superficies se debe hacer con referencias identificativas distintas a las referencias SIGPAC.
Esta información se facilita para que todos los productores que incluyan, dentro de su solicitud de ayudas, superficies situadas en alguno de estos términos municipales, presten especial atención, por poder tener que utilizar referencias identificativas distintas a las utilizadas en el año anterior.
Documentos anexos:
TABLA 00: Totales por provincia y comunidad autónoma
TABLA 02: Relación de municipios de Aragón
TABLA 06: Relación de municipios de Cantabria
TABLA 07: Relación de municipios de Castilla-La Mancha
TABLA 08: Relación de municipios de Castilla y León
TABLA 10: Relación de municipios de Extremadura