El anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética (APLCCTE), que será el marco normativo e institucional para facilitar la progresiva adecuación de nuestra realidad a las exigencias que regulan la acción climática, inicia la recta final de su tramitación administrativa, según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La próxima ley de Cambio Climático y Transición Energética sigue con su tramitación administrativa
Esta herramienta legal pretende facilitar y orientar la descarbonización de la economía española en el horizonte de 2050 que, además, deberá ser socialmente justa.
El nuevo borrador del anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética (APLCCTE), presentado ante el Consejo Asesor de Medio Ambiente (CAMA), es un texto reforzado en materia de ambición, gobernanza, participación y transparencia.
Tras haber sido sometido a información y audiencia públicas e incorporar alegaciones resultantes de este proceso, así como haber sido informado por los demás departamentos ministeriales, el siguiente paso es su toma en consideración por parte del CAMA, principal órgano de encuentro y participación entre la Administración General del Estado (AGE) y los sectores sociales y económicos relevantes para el medio ambiente.
Posteriormente, el borrador de anteproyecto será tratado en Conferencia Sectorial con las Comunidades Autónomas y por el Consejo de Estado, paso previo a su remisión al Consejo de Ministros antes de iniciar su tramitación parlamentaria.
La vicepresidenta para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, destacó la importancia de que el anteproyecto “llegue cuanto antes al Parlamento para el debate y enriquecimiento por parte de los grupos parlamentarios”.
El nuevo texto consta de 37 artículos –frente a los 28 del texto anterior- distribuidos en nueve títulos –antes ocho-, cuatro disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria única y once disposiciones finales.
Texto pdf anteproyecto: Borrador de Anteproyecto de ley de CC y TE
El nuevo título está dedicado a la gobernanza y la participación pública, estableciendo un Comité de Cambio Climático y Transición Energética, responsable de evaluar y hacer recomendaciones sobre las políticas y medidas en materia de Clima y Energía, elaborando un informe anual que será remitido al Congreso de los Diputados.
A destacar
1) Obligatoriedad de zonas de bajas emisiones: En 2018, el transporte fue el sector con mayor peso en las emisiones de gases de efecto invernadero, un 27%. Por sí solo, el tráfico por carretera representa un 25% del total de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y, de ellas, un tercio se concentran en aglomeraciones urbanas. Es, además uno de los principales emisores de óxidos de nitrógeno, con un efecto muy pernicioso para la salud.
El nuevo borrador consagra como obligación que los municipios de más de 50.000 y los territorios insulares establezcan zonas de bajas emisiones no más tarde de 2023 y fija que cualquier medida, que suponga una regresión de las zonas de bajas emisiones ya existentes, deberá contar con el informe previo de las Administraciones estatales o autonómicas competentes en materia de protección del medioambiente. También como novedad, el anteproyecto indica que dichos municipios y territorios insulares impulsen medidas de movilidad eléctrica compartida.
2) Mapa informativo de puntos de recarga: Para favorecer la expansión del vehículo eléctrico, el Gobierno desarrollará y pondrá a disposición del público una plataforma de información sobre puntos de recarga; el Código Técnico de Edificación establecerá obligaciones relativas a la instalación de puntos de recarga en edificios de nueva construcción y en intervenciones de edificios existentes; y las nuevas instalaciones de suministro de combustible y carburantes a vehículos, o aquellas que acometan una reforma que requiera revisión de su título administrativo, deberán instalar al menos una infraestructura de recarga eléctrica de potencia igual o superior a 50 kW de corriente continua para que la recarga del vehículo sea rápida.
En esta misma línea, el nuevo anteproyecto introduce obligaciones de instalar al menos un punto de recarga rápida —50 kW— en aquellas estaciones de servicio que, por tener un volumen de ventas superior a los 5 millones de litros de gasóleo y gasolina, disponen en principio de mayor capacidad económica y financiera para hacer frente a la inversión requerida. Se trata de un 9% del total de la red de gasolineras.
También se prevé que el sector del transporte marítimo y puertos reduzca paulatinamente sus emisiones, con un objetivo de cero emisiones directas de los buques cuando estén amarrados o fondeados en los puertos de competencia del Estado para el año 2050.
Para ello se promoverá, entre otras medidas, la articulación y consolidación de cadenas logísticas sostenibles con origen o destino en puertos, de forma que se reduzcan las emisiones.
De igual modo, se establecerán objetivos anuales de suministro de biocarburantes en el transporte aéreo, con especial énfasis en los de carácter avanzado y los procedentes de fuentes renovables de origen no biológico.
Para alcanzar una movilidad sostenible, el anteproyecto mantiene que todas las administraciones deben adoptar medidas para alcanzar en 2050 un parque de turismos y de vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2.
Se adoptarán las medidas necesarias, de acuerdo con la normativa europea, para que los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos, excluyendo los vehículos matriculados históricos y los no destinados a usos comerciales, reduzcan paulatinamente sus emisiones de modo que, no más tarde de 2040, sean vehículos de emisiones de 0gCO2/km.
A tal efecto, se trabajará con el sector y se pondrán en marcha medidas que faciliten la penetración de estos vehículos, que incluirán medidas de apoyo a la I+D+i.
3) Más recursos para luchar contra el cambio climático: El nuevo texto del anteproyecto amplía el porcentaje de los Presupuestos Generales del Estado que deberán contribuir a los objetivos en materia de cambio climático y transición energética. La cantidad final, que será equivalente a la que se acuerde en el Marco Financiero Plurianual de la Unión Europea, será en cualquier caso superior a la anteriormente fijada (20%).
Se añade que el Gobierno promoverá una financiación adecuada de las prioridades en materia de investigación, desarrollo e innovación de cambio climático y transición energética que se incluyan en las sucesivas Estrategias españolas de Ciencia y Tecnología y de Innovación.
4) Información sobre riesgos del cambio climático: El anteproyecto que llegó al Consejo de Ministros en febrero de 2019 establecía que las entidades admitidas a negociación en mercados regulados, entidades de crédito, entidades aseguradoras y reaseguradoras y sociedades por razón de tamaño han de presentar un informe en el que hagan una evaluación del impacto de los riesgos asociados al cambio climático generado por la exposición a éste de su actividad.
El nuevo texto incorpora una obligación al Operador del sistema eléctrico, al Gestor Técnico del sistema gasista y a la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH). Cada dos años y en el ámbito de sus respectivas competencias, estas entidades deberán elaborar un informe en el que se haga una evaluación de los riesgos y oportunidades asociados a un sistema energético descarbonizado sobre las actividades de la entidad, su estrategia y su planificación financiera.
Asimismo, y de acuerdo con la estrategia de descarbonización a 2050, el Gobierno podrá requerir al operador del mercado, al operador del sistema, al transportista y a los distribuidores la elaboración y presentación de una estrategia de descarbonización en su ámbito de actuación. En ella, se podrán anticipar nuevas soluciones y adaptaciones necesarias en el marco regulatorio.
5) País más seguro y menos vulnerable a los impactos: Entre las novedades del título dedicado a la adaptación, la nueva versión del borrador añade la consideración del cambio climático en la seguridad alimentaria. Para ello, se establecerán objetivos estratégicos concretos, indicadores asociados y medidas de adaptación encaminados a mitigar los riesgos en seguridad alimentaria asociados al cambio climático, incluidos la aparición de riesgos emergentes alimentarios.
Asimismo, se añade una disposición sobre el fomento y mejora de la capacidad de absorción de los sumideros de carbono, condición que tienen los sectores Agrarios y Forestal.
Ambos artículos se añaden a los artículos sobre adaptación al cambio climático en la planificación y gestión del desarrollo urbano, edificación e infraestructuras del transporte; protección de la biodiversidad frente al calentamiento global; política forestal y desarrollo rural; planificación y gestión del agua y de la costa.
6) Participación ciudadana: Otra de las novedades del anteproyecto es el título IX, dedicado a la gobernanza y la participación públicas. Además del mencionado Comité de Cambio Climático y Transición Energética, el texto establece que las comunidades autónomas informen a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático a partir del 31 de diciembre de 2021 de los planes de energía y clima con los que cuenten.
De igual modo, se fija que los planes, estrategias, instrumentos y disposiciones que se adopten en materia de lucha contra el cambio climático deberán desarrollarse bajo fórmulas que garanticen la participación de los agentes sociales y económicos interesados, y del público en general.
También se recoge la gobernanza para reforzar la coordinación sobre las diferentes obligaciones de información del Gobierno en esta materia y, en particular, de los datos de las políticas, medidas, inventarios y proyecciones de gases de efecto invernadero.
7) Objetivos alineados con la neutralidad climática: el anteproyecto mantiene las dos grandes referencias temporales para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), introducir energías renovables y ser más eficientes en el uso de la energía: 2030 y 2050.
Los objetivos que se establecen marcan un suelo que se podrá mejorar al alza con los planes nacionales Integrados de Energía y Clima. Así, en 2030, la meta es reducir las emisiones de GEI en al menos un 20% con respecto a 1990. Con respecto a 2017, último año con datos consolidados, este esfuerzo supone retirar en torno a un 33% de las emisiones, es decir, aproximadamente una de cada tres toneladas de CO2 que se emiten en la actualidad.
Este objetivo de reducción es coherente con el aumento de ambición que se ha fijado la Comisión Europea para 2030, que pasaría del actual 40% respecto a 1990 a una horquilla entre el 50% y el 55%. Y tal como se recoge en el texto del anteproyecto se podrá revisar siempre al alza, no se permite la regresión del mismo para responder a una mayor ambición tanto a nivel comunitario como internacional.
El anteproyecto se fija, también para 2030, generar el 70% de la electricidad con renovables; asegurar que al menos el 35% del consumo final de energía proviene de renovables; y mejorar la eficiencia energética en al menos un 35% respecto a un escenario tendencial.
El anteproyecto de ley y el PNIEC son dos de los grandes pilares del Marco Estratégico de Energía y Clima para el periodo 2021-2030. Se trata de dos instrumentos que son complementarios y coherentes entre sí.
Mientras el anteproyecto establece el marco institucional cuya función principal es dar señales regulatorias y económicas que den estabilidad y marquen la dirección del país hacia la neutralidad climática, el PNIEC es un instrumento de planificación revisable que define los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, de penetración de energías renovables y de eficiencia energética, así como las líneas de actuación y la senda para alcanzarlos que según los modelos utilizados es la más adecuada y eficiente.
En este sentido, los objetivos establecidos en ambos instrumentos no son contradictorios, sino que el anteproyecto marca un suelo incrementable por el PNIEC.
Este esfuerzo de reducción de emisiones que debe hacer España en la próxima década, para situarse en la senda de alcanzar la neutralidad en carbono comprometida no más tarde de 2050. En ese año, y en línea con la estrategia de descarbonización de la Unión Europea, el sistema eléctrico deberá ser ya 100% renovable.
8) Impulso decidido a las energías renovables: el anteproyecto de Ley da un impulso decidido a las energías renovables. Desde 2021, se convocarán subastas para impulsar la construcción de al menos 3.000 MW de instalaciones renovables. El producto subastado será la energía y la variable sobre la que se ofertará será el precio de retribución de dicha energía, con el objeto de que el resultado de las subastas impacte positivamente en el precio que abonan los consumidores por la electricidad.
A la hora de convocar las subastas, se podrá distinguir entre tecnologías, niveles de gestionabilidad, criterios de localización y de madurez tecnológica u otros acordes con la normativa comunitaria.
El anteproyecto incorpora un artículo para promover y facilitar la eficiencia energética y el uso de fuentes renovables en el ámbito de la edificación. De igual modo, se prolonga la vigencia del Fondo Nacional de Eficiencia Energética hasta el 31 de diciembre de 2030.
Asimismo, se da mayor flexibilidad favoreciendo la hibridación de las instalaciones —que podrán evacuar la energía eléctrica utilizando el mismo punto de conexión y la capacidad de acceso ya concedida, siempre y cuando se cumpla con los requisitos técnicos preceptivos— y el aumento de potencia dentro de la capacidad máxima de acceso.
9) Transición justa: el nuevo borrador mantiene un título exclusivo para medidas de Transición Justa, que define tanto su estrategia nacional como los convenios específicos, y se refuerza la participación de las comunidades autónomas.
Por otro lado, los convenios de transición justa -cuyo objetivo es el fomento de la actividad económica y la mejora de la empleabilidad de los trabajadores en la transición hacia un desarrollo bajo en carbón- podrán incluir el acceso prioritario a una parte o a la totalidad de la capacidad de evacuación eléctrica, así como el derecho prioritario al uso y volumen de agua de aquellas concesiones que queden extinguidas tras el cierre de instalaciones de generación de energía eléctrica con arreglo a lo previsto en el Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico y por el que se da respuesta al proceso de cese de actividad de centrales térmicas de generación.
Según el Miteco, este anteproyecto de ley, que la Comisión Mixta Congreso/Senado para el Estudio del Cambio Climático recomendó elaborar al Gobierno ya en el año 2011, responde al compromiso adquirido mediante la firma del Acuerdo de París y constituye un marco normativo que aporta estabilidad y certidumbre para orientar la descarbonización de los diferentes sectores de la economía española a 2050 y facilitar una transformación gracias a la cual el país ganará en prosperidad, seguridad, generación de empleo, innovación, desarrollo tecnológico y justicia social.
Asimismo, se alinea con “El Pacto Verde Europeo” –The European Green Deal-, acordado por la Comisión Europea en diciembre de 2019, que establece una nueva estrategia de crecimiento para transformar la Unión Europea en una sociedad justa y próspera, con una economía moderna, eficiente en el uso de sus recursos y competitiva, y que alcanzará la neutralidad climática en 2050.
Actualización del PNIEC
Durante la reunión con el CAMA también se informó de la remisión a la Comisión Europea de un borrador actualizado del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC). El nuevo texto ha integrado todas las recomendaciones que hizo la Comisión, las alegaciones de la sociedad civil recibidas en el proceso de consulta pública de marzo de 2019 e incluye nuevas medidas y mayor detalle en la información, reforzando los objetivos y resultados.
Ya se ha iniciado el proceso de información pública del Estudio de la Evaluación Ambiental Estratégica del PNIEC. Una vez concluya el periodo de consultas y se incorporen, si procede, nuevas aportaciones, el documento quedará listo para su remisión definitiva a la Comisión Europea.
Así, el borrador actualizado del PNIEC propone una senda de descarbonización para la próxima década coherente con el aumento de la ambición frente al cambio climático que ha planteado la Comisión Europea, así como con las indicaciones de la ciencia del clima y con las demandas de la ciudadanía.
En concreto, proporcionalmente, el nivel de esfuerzo en la mitigación de emisiones del borrador actualizado se encuentra alineado con la horquilla en la que se prevé que se sitúe el nuevo objetivo climático de la Unión Europea para 2030: entre el 50% y el 55%. De esa manera, se sientan unas bases sólidas para progresar hacia la neutralidad climática de nuestro país, es decir, lograr emisiones netas cero no más tarde de 2050.
Normativa de residuos
En el orden del día también estaban el proyecto de Real Decreto por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y otro que modifica el RD sobre la gestión de neumáticos fuera de uso y sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
Estos documentos han pasado ya su fase de consulta pública y se están estudiando las observaciones y comentarios recibidos para continuar con la tramitación.
Asimismo, se analizaron los requisitos medioambientales que se van a incorporar al proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.
Texto pdf anteproyecto: Borrador de Anteproyecto de ley de CC y TE