El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha abierto la consulta pública del proyecto de Real Decreto de transposición de la Directiva comunitaria de reducción del consumo de bolsas de plástico. Hasta el 15 de septiembre se podrán hacer aportaciones y sugerencias al proyecto en el portal web del Ministerio (www.mapama.es).
Abierta a consulta pública el proyecto de RD sobre la reducción de las bolsas de plástico
Es la segunda versión del borrador que ya fue sometido a consulta pública en diciembre 2016, que exigía el cobro obligatorio de las bolsas de plástico y fijaba unos precios mínimos según el espesor de la bolsa. Tras el proceso de participación pública y consulta a otros departamentos ministeriales, se ha elaborado una segunda versión del proyecto de Real Decreto, que prohíbe las bolsas de plástico ligeras a partir de 2020, excepto las compostables.
Teniendo en cuenta el calado de los cambios introducidos y para una mayor seguridad jurídica se ha decidido someter esta segunda versión del proyecto de real decreto a la
tramitación completa del expediente.
Todos los Estados miembros de la Unión Europea, desde la entrada en vigor de la Directiva 2015/720, han de adoptar medidas para reducir el consumo de bolsas de plástico. Entre dichas medidas se incluye la prohibición de las bolsas de plástico, lo que ya hacen Francia, Países Bajos o la región belga de Valonia. También, fuera de Europa, se ha decidido prohibir las bolsas de plástico en el Reino de Marruecos o en el Estado de California.
Este proyecto de Real Decreto prohibirá la distribución gratuita de las bolsas de plástico ligeras (las que tienen un espesor de entre 15 y 50 micras y que constituyen la inmensa mayoría de las que se consumen en España), salvo las compostables.
Es decir, los distribuidores deberán cobrar al consumidor un precio por bolsa entregada. Las únicas bolsas de plástico que seguirán siendo gratuitas son las muy ligeras (menos de 15 micras), por razones de higiene o para contener alimentos a granel, como las empleadas para contener fruta, carne, pescado, etc.
A partir de enero de 2020 se prohibirá la venta de bolsas de plástico ligeras y fragmentables, con la excepción de las producidas con material compostable. La excepción serán las bolsas de plástico muy ligeras detalladas anteriormente (aunque a partir de esta fecha deberán ser compostables), así como las bolsas más gruesas (de más de 50 micras) que podrán seguir entregando los comercios, previo cobro de las mismas, puesto que sus características permiten una mejor reutilización y deberán incorporar un contenido mínimo del 30% de plástico reciclado.
Estas bolsas tienden a dispersarse transportadas por el aire como basura debido a su reducido peso, lo que genera contaminación en las masas de agua, las riberas del mar y de los ríos y el medio terrestre, con consecuencias graves sobre los ecosistemas asociados a esos medios. Los efectos sobre el medio ambiente se agravan en el caso de las bolsas de plástico fragmentable, que se disgregan en pequeñas partículas que son ingeridas por seres vivos.
Una bolsa de plástico tiene un uso útil medio de 12 minutos y puede tardar hasta 500 años en descomponerse en el medio ambiente. Se estima, además, que tan sólo el 35% de ellas se deposita en los contenedores amarillos para su reciclaje, acabando la mayoría dispersas en el medio ambiente.
En la última década en nuestro país se ha reducido el consumo de bolsas de plástico prácticamente a la mitad, pasando de 317 bolsas por habitante en 2007 a 144 bolsas por habitante en 2014, según datos del sector, debido fundamentalmente a un cambio en las pautas de consumo de este envase.