El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado hoy en el BOE una resolución de 27 de abril de 2021, de su Subsecretaría, por la que se publican los índices de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2020, a los efectos de la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos.
Arrendamientos rústicos: el MAPA publica los índices de precios percibidos en 2020
La Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de arrendamientos rústicos, fue derogada por la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, que en su disposición transitoria primera, establece que los contratos de arrendamiento y aparcería vigentes a la entrada en vigor de esta Ley se regirán por la normativa aplicable al tiempo de su celebración.
En este sentido, el artículo 38 de la anterior Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de arrendamientos rústicos, establece: «Podrá acordarse por las partes la actualización de la renta para cada anualidad por referencia al último índice anual de precios percibidos por el agricultor, establecido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para los productos agrícolas en general o para alguno o algunos de los productos principales de que sea susceptible la finca, atendidas sus características y la costumbre de la tierra. Del mismo modo, tratándose de fincas cuyos principales productos sean ganaderos, podrá también referirse la actualización al índice de los precios de alguno o algunos de sus productos.»
Por tanto, el MAPA procede publicar los índices de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2020, a efectos de la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos anteriores a la entrada en vigor de la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de arrendamientos rústicos.
Índices anuales de precios percibidos por los agricultores y ganaderos
Clase de Índice | Valor anual en 2020 (2015 = 100) | Porcentaje de variación sobre 2019 |
General de Productos Agrarios. | 98,80 | 0,19 |
Productos agrícolas. | 95,91 | 1,35 |
Cereales. | 99,83 | –0,02 |
Leguminosas grano. | 81,53 | –7,20 |
Tubérculos. | 105,94 | –21,44 |
Cultivos industriales. | 92,68 | –1,96 |
Cultivos forrajeros. | 98,19 | –5,60 |
Hortalizas. | 96,49 | 4,63 |
Cítricos. | 115,69 | 29,81 |
Frutas. | 106,72 | 16,67 |
Vino. | 113,04 | –16,18 |
Aceite. | 65,73 | –6,70 |
Productos animales. | 102,87 | –1,30 |
Ganado para abasto. | 103,42 | –2,57 |
Vacuno para abasto. | 98,06 | –3,49 |
Ovino para abasto. | 98,31 | 3,44 |
Caprino para abasto. | 97,00 | –2,21 |
Porcino para abasto. | 108,84 | –3,55 |
Aves para abasto. | 94,39 | 0,24 |
Conejos para abasto. | 114,89 | –6,88 |
Productos ganaderos. | 101,30 | 2,64 |
Leche. | 102,10 | 2,51 |
Huevos. | 99,25 | 3,99 |
Lana. | 80,96 | –39,01 |