Ayudas para bonificar intereses de préstamos preferenciales al agro por 14 M€ en Castilla y León

Los beneficiarios son los titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (Reacyl) que hayan formalizado un préstamo de este tipo, cuyo plazo de presentación de solicitudes es de un mes.

Ayudas para bonificar intereses de préstamos preferenciales al agro por 14 M€ en Castilla y León

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural publicó este viernes 9 de abril en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) la orden que permite la concesión de subvenciones de minimis destinadas a la bonificación de intereses en préstamos preferenciales, formalizados por titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León.

Las ayudas convocadas mediante la Orden cuyo extracto hoy se publica se concederán por un importe total de 14.500.000 euros, durante el periodo comprendido entre 2021 y 2025, con la siguiente distribución de anualidades: año 2021: 4.500.000 euros; año 2022: 4.000.000 euros; año 2023: 3.000.000 euros; año 2024: 2.000.000 euros, y año 2025: 1.000.000 euros

Beneficiarios

Los beneficiarios de las mismas son los titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (Reacyl), que hayan formalizado un préstamo preferencial al amparo de la Orden AGR/860/2019 de 26 de septiembre y cumplan los requisitos establecidos en la citada Orden.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Bocyl.

Las personas físicas podrán presentar las solicitudes presencialmente o de manera telemática, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Las personas jurídicas deberán presentar sus solicitudes únicamente de forma telemática.

En el supuesto de que el interesado opte por la presentación telemática con certificado digital o DNI electrónico, la solicitud de ayuda se descargará con sus datos personales pregrabados, mediante una herramienta que ha habilitado la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para simplificar y agilizar la tramitación de la solicitud y eliminar trabas administrativas.

Medidas excepcionales

Ante las adversidades climatológicas sufridas en la Comunidad durante la campaña agrícola 2018-2019, la Junta de Castilla y León puso en marcha una serie de medidas excepcionales destinadas a paliar los daños sufridos por las explotaciones agrícolas y ganaderas de esta región.

Entre dichas medidas se incluyó una línea de préstamos dirigidos a dar liquidez a las explotaciones agrarias de la Comunidad, facilitando el acceso a capital circulante que les permita seguir realizando su actividad con normalidad y hacer frente a las pérdidas sufridas por la concurrencia de circunstancias climatológicas adversas, bonificando la Consejería de Agricultura hasta el 100% de los intereses a los agricultores y ganaderos que formalizaran estos préstamos.

Dicha medida se plasmó en la Orden AGR/860/2019, de 26 de septiembre, que establecía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la bonificación de intereses en préstamos preferenciales bonificados de minimis formalizados por titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León, afectados por la sequía y otros fenómenos meteorológicos adversos en la campaña agrícola 2018-2019, y se establecen las condiciones para el reconocimiento del derecho a dichos préstamos.

Para la implantación de esta medida, la Consejería de Agricultura firmó convenios de colaboración con doce entidades financieras que actuarán como entidades colaboradoras con el procedimiento de gestión de las subvenciones que se regulan en los mismos para los préstamos preferenciales.

Como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y para garantizar que todos los titulares a los que se les había reconocido el derecho a formalizar un préstamo preferencial bonificado pudieran suscribirlo, se amplió el plazo para su formalización hasta el 17 de agosto de 2020.

Fichero adjunto: BOCYL-D-09042021-9

Ficheros Adjuntos Los ficheros adjuntos son visibles únicamente para usuarios registrados.
¿ No estas registrado?

Desarrollado por eMutation New Media.