El Ministerio de Agricultura, Alimentación, y Medio Ambiente ha publicado en el Boletín Oficial del Estado una Orden por la que se establecen las bases reguladoras de una línea de subvenciones públicas destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), por titulares de explotaciones agrarias.
Nuevas bases para subvenciones destinadas a facilitar el acceso a la financiación de las explotaciones
Incluye, como principal novedad en este tipo de subvenciones, la posibilidad de acogerse a la ayuda para reestructurar deuda en explotaciones de los sectores lácteo, hortofrutícola, porcino y cunícola.
Se contribuye así a paliar las dificultades en el acceso al crédito de las explotaciones agrarias, y en particular a mejorar la situación financiera de las explotaciones de sectores que atraviesan por especiales dificultades de mercado.
Mediante esta línea se subvencionará hasta un 100% el coste de los avales concedidos por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) a nuevos créditos que suscriban los titulares de las explotaciones agrarias de hasta 5 años, con la posibilidad de uno de carencia, y 40.000 € por beneficiario.
Este importe podrá alcanzar los 80.000 € por beneficiario para créditos de 10 años, también con uno de carencia, en las explotaciones lácteas, hortofrutícolas, de porcino y cunícolas, cuando el crédito esté destinado mayoritariamente a refinanciar deuda.
Estos límites podrán superarse en los créditos concedidos en el marco de la Línea ICO-garantía SGR/SAECA, teniéndose en cuenta en este caso los límites propios de la citada línea en las operaciones avaladas por SAECA.
En el diseño de esta línea de ayuda se ha tenido en cuenta la prioridad que el Ministerio otorga al Plan de seguros agrarios combinados de ENESA. Está previsto financiar el importe de la comisión de estudio del aval a aquellos beneficiarios que hayan suscrito un seguro de una de las líneas de seguros agrícolas o pecuarios comprendidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados del año en que se publique la convocatoria, o del Plan del año anterior en el caso de las líneas en las que la apertura del plazo de suscripción del seguro sea posterior a la fecha en que finaliza el plazo para solicitar las ayudas establecidas en la Orden.
La convocatoria de las ayudas correspondientes a 2016 se tramitará de inmediato. El plazo de solicitud comenzará el día de publicación de la convocatoria y finalizará el 20 de septiembre de 2016.