La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) denunció ante la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) a cinco grandes empresas lácteas por diversos incumplimientos de la Ley de Cadena Alimentaria.
COAG denuncia ante la AICA a cinco empresas lácteas por incumplir preceptos de la Ley de la Cadena Alimentaria
Según esta organización agraria, en los contratos presentados se obliga a los ganaderos a reconocer unos precios por debajo de costes bajo amenaza de no recogida de leche, a la vez que se introducen cláusulas que incumplen los plazos máximos de pago.
Además, añade, hay empresas que están empezando a incluir cláusulas de confidencialidad en sus contratos para evitar que los ganaderos acudan a organizaciones agrarias, como COAG, para denunciar.
El responsable de Mercado Agrarios de COAG, Andoni García, señaló que “las leyes están para cumplirlas y no se pueden tolerar prácticas comerciales ilegales y abusivas que atentan de forma reiterada contra los ganaderos. Si se sigue exprimiendo así al productor nos vamos a quedar sin granjas familiares. En último año, 733 ganaderos se han visto obligados a echar el cierre. Hoy quedan apenas 12.500 ganaderos lácteos. La AICA tiene que abrir una investigación para evitar nuevos atropellos y garantizar un precio justo para los ganaderos que les permita vivir dignamente“.
De acuerdo a esto, la Ley 3/2004 de medidas de lucha contra la morosidad establece que “los aplazamientos de pago de productos de alimentación frescos y de los perecederos no excederán en ningún caso de treinta días”.
En los ejemplos de contratos denunciados, varias industrias lácteas especifican que se agruparán las facturas de todas las entregas de leche realizadas en el periodo de un mes “X” y se abonarán por parte de la empresa, antes del día 30 del mes “X + 1”.
Por tanto, se produce un incumplimiento de la ley de morosidad en cuanto a los aplazamientos de pago, que se puede sancionar a través de la Ley 12/2013 de Cadena Alimentaria.
En la comunicación 2 que se adjunta puede observarse la presión que ejerce la empresa sobre su suministrador, con claro abuso de posición dominante en la negociación sobre los términos del apartado j) del artículo 9.1 de la Ley 12/2013 de 2 de agosto de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria: «j) Indicación expresa de que el precio pactado entre productor primario agrario, ganadero, pesquero o forestal o una agrupación de estos y su primer comprador cubre el coste efectivo de producción».
El mismo recoge de forma literal “… le presentamos una adenda al contrato de suministro que usted ha declinado firmar. Al respecto queremos manifestarle que en base al conocimiento de los costes de producción de esta Comunidad Autónoma, y por la firma generalizada de los ganaderos de la zona, el precio medio anual pagado por ( empresa denunciada), según la fórmula de cálculo fijada en el contrato de suministro cubre su coste de producción.»