¿Dónde aplicará de oficio el FEGA causa de fuerza mayor en las ayudas de la PAC 2020?

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicó una circular de coordinación sobre el establecimiento de medidas excepcionales en la gestión, seguimiento y control de la campaña PAC 2020, como consecuencia de la pandemia del Covid-19.

¿Dónde aplicará de oficio el FEGA causa de fuerza mayor en las ayudas de la PAC 2020?

En concreto, destaca el FEGA, se establecen una serie de consideraciones respecto a la aplicación de la normativa ordinaria cuando el solicitante de ayudas PAC invoque el supuesto de fuerza mayor y circunstancias excepcionales,  en los casos en que dicha crisis sanitaria ha llevado a no poder cumplir con todas las condiciones de elegibilidad establecidas para el cobro de determinadas ayudas.

En esos casos, se añade, se estudiará por parte de los organismos pagadores de las Administraciones autonómicas si procede aplicar la consideración de caso de fuerza mayor para evitar penalizar al beneficiario.

El FEGA apunta que, a nivel nacional, se recogen en la citada circular (ver abajo) dos circunstancias concretas, en las que se aplicará de oficio el concepto de fuerza mayor. Una la   relativa al umbral de producción en ayudas asociadas al ovino y caprino, y otra, al pastoreo en barbechos de interés ecológico (SIE).

La Circular recoge también las directrices acordadas con las CC.AA. para aplicar de forma homogénea a nivel nacional las disposiciones relativas al pago de anticipos (Reglamento de Ejecución 531/20209) y la flexibilización de los controles a los beneficiarios y las notificaciones a la Comisión Europea (Reglamento 532/2020), de forma que se compatibilice la seguridad de los fondos con la percepción en plazo de las ayudas por parte de los beneficiarios.

En lo que respecta a los anticipos de pago, el FEGA recuerda que éstos se incrementan hasta el 70% en las ayudas directas y hasta el 85% en las medidas de Desarrollo Rural, que además podrán abonarse sin necesidad de haber finalizado los controles sobre el terreno, lo que servirá para agilizar estos pagos.

En lo que respecta a los controles, el FEGA destaca la reducción, en esta campaña 2020, de los que se vienen realizando sobre el terreno en cada régimen de ayuda pasando, de manera general, del 5% de los expedientes al 3% del total.

Además, concluye el FEGA, esos controles podrán hacerse utilizando nuevas tecnologías y otras evidencias, de tal manera que se evite el contacto físico entre el agricultor y el controlador para respetar las normas sanitarias vigentes.

Circular FEGA pdf: CIRCULAR-12-2020-MEDIDASCOVID-19-GESTIONPAC

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