El apoyo a la agricultura familiar en Aragón, más aparente y retórico que real. Por Joaquín Olona Blasco
Por Joaquín Olona Blasco. Ingeniero Agrónomo y exconsejero de Agricultura y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.
Siempre he pensado, y afirmado, que el apoyo generalizado a la agricultura familiar es más aparente y retórico que real. Así lo demuestran los hechos, en particular la reciente confirmación por parte del Gobierno de Aragón (PP-VOX) del inicio del proceso de derogación de la Ley 6/2023 de protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón, aprobada en febrero de 2023 por las Cortes de Aragón.
Por supuesto que la nueva mayoría política PP-Vox vigente en Aragón está en su derecho de modificar el marco legal de competencia autonómica. Lo que no resulta creíble, ni coherente, es derogar esta ley afirmando a la vez el apoyo a la agricultura familiar. Los propios argumentos con los que se trata de justificar la derogación delatan la contradicción, al tiempo que ocultan las verdaderas razones. Y me explico: no cabe cuestionar la legitimidad de la ley por el hecho de que se aprobara en las Cortes de Aragón por mayoría y no por una unanimidad, ya negada de facto antes de la tramitación parlamentaria.
Tampoco le resta legitimidad la oposición minoritaria del sector, representado por ASAJA y ARAGA -absolutamente radical desde que se anunció la intención de formular la ley-, frente al apoyo mayoritario del sector representado por UAGA-COAG y UPA.
Además, no es legítimo pretender negar las mayorías referidas, distorsionando los hechos o haciendo intervenir a agentes que no representan a los agricultores, sino a otros agentes.
Por si fuera poco, tachar la ley de “ideológica” resulta paradójico cuando la iniciativa de la derogación surge del ámbito político-partidista (PP-VOX). El argumento de que la ley supone una extralimitación autonómica carece de solidez, dado que el Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye plenas competencias en materia de Agricultura, obligando a defenderlas y desarrollarlas.
La cuestión de inconstitucionalidad, planteada de hecho y como suele ser habitual ante toda ley autonómica por parte de la Administración General de Estado, quedó limitada a un reducido ámbito de cuestiones técnicas, ajenas a la esencia de la ley.
Afirmar, como se hizo, que la ley perjudica a los agricultores y ganaderos de Aragón y que se deroga en su beneficio equivale a decir que la mayoría de los agricultores y ganaderos aragoneses facturan más de un millón de euros anuales, algo que obviamente sólo puede afirmarse, salvo intenciones inconfesables, desde el más absoluto desconocimiento.
Decir también que la ley -de agricultura familiar- “define un modelo de agricultura caduco” deja muy claro cuál es la posición de quienes apoyan e impulsan la derogación de la ley, al tiempo que su incoherencia y contradicción, cuando a renglón seguido tratan de erigirse como los verdaderos y únicos defensores de los “agricultores” e incluso del propio modelo familiar.
De lo que no existe duda alguna, aunque nunca se mencione expresamente, es que lo que se quiere derogar en realidad es la preferencia del apoyo público al modelo familiar y profesional agrario frente a cualquier otra modalidad, que es lo que realmente constituye la esencia de la ley y, que como ya se ha dicho, sobre lo que no ha existido la más mínima cuestión de inconstitucionalidad.
Digo que no existe duda alguna sobre ello porque quienes desde el primer momento se opusieron de manera radical a la formulación de la ley, con el actual consejero de Agricultura del Gobierno de Aragón y anterior representante de Asaja a la cabeza, siempre han manifestado que todas las modalidades de agricultura deben ser objeto de apoyo público. Una posición tan legítima y respetable como, a la vez, incompatible con un apoyo real al modelo familiar y profesional. Porque si todas las modalidades son objeto del mismo apoyo, entonces ¿en qué consiste exactamente el apoyo que se dice ofrecer al modelo familiar?
Razonamientos y razones
En más de una ocasión los escasos razonamientos expuestos para oponerse a esta ley han confundido – ya sea de forma premeditada, por falta de lectura y de reflexión, o por todo ello la vez- la protección y modernización del modelo familiar con una supuesta ley de agricultura general que, en ningún momento se pretendió hacer.
Es cierto que la ley hace referencia a cuestiones tales como el regadío, la concentración parcelaria, el patrimonio agrario de la Comunidad Autónoma, las cooperativas o la ganadería intensiva, pero lo hace en la medida que todas estas cuestiones resultan instrumentos determinantes para los objetivos de protección y modernización del modelo familiar y, sobre todo, cuando esos instrumentos se financian con fondos públicos.
La ley en modo alguno trata de impedir el desarrollo de otras modalidades de agricultura, en particular la de carácter corporativo. Lo que sí plantea con absoluta claridad, como ya se ha reiterado, es que la ayuda pública debe dirigirse de manera prioritaria al modelo familiar y profesional por las cinco razones que cito:
Porque el modelo corporativo tiene acceso a economías de escala, que son imposibles para el modelo familiar salvo que pierda dicho carácter;
porque el desarrollo del modelo corporativo, precisamente por su acceso a las economías de escala y a los fondos de inversión para el logro de sus objetivos de rentabilidad, no resulta razonable que se produzca a costa del presupuesto público;
porque la supervivencia del modelo familiar y profesional se encuentra gravemente amenazada, como lo demuestran los numerosos datos y análisis disponibles y atestiguan las movilizaciones de los últimos meses. ¿O es que acaso quienes se movilizan son directivos o trabajadores del modelo corporativo exigiendo mejoras salariales?
También porque toda la política de incorporación de jóvenes y de rejuvenecimiento del sector se centra exclusivamente en el modelo de agricultura familiar o profesional. ¿Resulta coherente este hecho con el de negar a continuación la prioridad de ayuda al modelo familiar y profesional?
Es más, el modelo familiar y profesional agrario, sin ser el más competitivo, ni tampoco seguramente el más eficaz ni el más eficiente, ni desde el punto de vista de la seguridad alimentaria ni desde el ambiental, sí que resulta esencial para la supervivencia del mundo rural, tal y como lo conocemos, así como para evitar el oligopolio alimentario al que tiende el modelo corporativo.
Por si no fuera bastante, la ley reconoce incluso la contribución que hace, y que debe seguir haciendo, el modelo corporativo en favor del modelo familiar, ya sea mediante la integración vertical dominante en la ganadería intensiva o mediante las cooperativas, en relación con la comercialización, la industrialización o la prestación de servicios.
La ley pretende evitar, sobre todo, que el modelo familiar acabe siendo expulsado de dichas modalidades corporativas, como ya ha ocurrido prácticamente en la cría porcina (“granjas de madres”) o en la producción de huevos.
Pero la ley también contempla el papel que juega el modelo familiar en relación con ambos sistemas corporativos, sobre todo como activo social ante el creciente rechazo del que es objeto la ganadería intensiva por parte de la opinión pública o el sombrío futuro que, en el mejor de los casos, cabe prever para las cooperativas si el modelo de agricultura familiar termina siendo irrelevante.
Es por esta última razón que me permito invitar a la reflexión a quienes desde uno y otro ámbito corporativo promueven o apoyan la derogación de la ley, ya que podría no ser tan dañina como piensan para sus propios intereses, admitiendo, por supuesto, que en toda ley siempre existe margen de mejora.+