El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este jueves 5 de noviembre la Orden APA/1025/2020, de 27 de octubre, por la que se fija para la campaña 2020/21, el contenido mínimo de alcohol que deben tener los subproductos de la vinificación (antigua destilación de prestaciones vínicas), en aplicación del artículo 50 del RD 1363/2018 para la aplicación de las medidas del Programa de Apoyo 2019/2023 al sector vitivinícola español (PASVE).
El MAPA aprueba elevar la destilación de subproductos para reducir 1,15 Mhl de vino de baja calidad en el mercado
El incremento de la graduación mínima de alcohol de estos subproductos de la vinificación aprobado es del 10% vol. actual al 15%, lo que equivaldrá a la retirada de la oferta de mercado de alrededor de 1,15 millones de hectolitros de vino de baja calidad, según los cálculos que maneja el Ministerio de Agricultura, frente a un máximo de 2,3 millones que podría haberse planteado.
En el citado artículo se regulan los requisitos de los subproductos eliminados en la elaboración de vino, recogiéndose que el volumen mínimo de alcohol contenido en los mismos deberá ser del 10% del volumen de alcohol contenido en el vino producido y obtenido por vinificación directa de la uva.
En dicho artículo se establece también que, cuando las disponibilidades de vino para una campaña determinada sean superiores a la media de las últimas cinco anteriores, el MAPA podrá incrementar el volumen de alcohol que deben contener los subproductos, hasta una cantidad no superior al 15% del volumen contenido en el vino del que procede.
En el argumentario de esta Orden del MAPA se señala que “las estimaciones de comienzos de la campaña actual 2020/21 indican que las disponibilidades de vino para la misma, de 72 Mhl, superan a la media de las cinco campañas anteriores, que es de 70 Mhl y, en consecuencia y tras consultar con el sector vitivinícola y con las CC.AA., el MAPA procede a aplicar esta medida, incrementándose para esta campaña 2020/21 el contenido mínimo de alcohol que deben contener los subproductos desde el 10% al 12,5% del volumen contenido en el vino del que procede.