El Reglamento comunitario de Restauración de la Naturaleza entrará en vigor el próximo 19 de agosto
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó este lunes 29 de julio el Reglamento (UE) 2024/1991 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio relativo a la restauración de la naturaleza y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2022/869. Entra en vigor a los 20 días de su publicación, por lo que será el próximo 19 (domingo) o 20 de agosto (lunes).
El reglamento, que fue objeto en meses pasados de una considerable polémica entre las instituciones de la Unión Europea y entre éstas y el sector agrario comunitario, establece normas que pretenden contribuir a la recuperación a largo plazo y sostenida de unos ecosistemas ricos en biodiversidad y resilientes en todas las zonas terrestres y marinas de los Estados miembros mediante la restauración de los ecosistemas degradados.
En segundo lugar, a la consecución de los objetivos generales de la Unión en materia de mitigación del cambio climático, la adaptación a este y la neutralidad en la degradación de las tierras.
Y, en tercer lugar, a la mejora de la seguridad alimentaria así como al cumplimiento de los compromisos internacionales de la Unión.
Al respecto, establece un marco en el que los Estados miembros aprobarán medidas de restauración efectivas y basadas en la superficie para abarcar conjuntamente como objetivo de la Unión en las zonas y ecosistemas incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento, al menos el 20 % de las zonas terrestres y al menos el 20 % de las zonas marítimas de aquí a 2030 y todos los ecosistemas que necesiten restauración de aquí a 2050.
Texto reglamentario :
eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L_202401991