Dos nuevas sentencias condenatorias por la explotación ilegal de cereal

Una entidad productora de semilla certificada, así como su representante legal, han sido condenados por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid como autores de un delito contra la propiedad industrial (art. 274.4 del Código Penal) y un delito de falsedad de documento oficial (art. 392.1 del Código Penal). Los condenados producían grano de las variedades protegidas Berdun y Chambo para su posterior comercialización entre los agricultores, como si de semilla certificada se tratara, falsificando a tal fin las etiquetas de los envases, según informan desde Geslive.

Dos nuevas sentencias condenatorias por la explotación ilegal de cereal

Además de la pena de prisión impuesta a su representante legal, se ha procedido a la imposición de una multa a la sociedad de 15.512 €, así como la suspensión por un año de su actividad en la prestación de servicios de acondicionamiento del grano para la siembra.

Esta sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno, como sucede con otra dictada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Carrión de los Condes (Palencia) que ha condenado al representante legal de una entidad acondicionadora de grano para la siembra a la pena de ocho meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y pago de indemnización por los daños y perjuicios causados, así como el pago de las costas procesales.

El condenado procedía al acondicionamiento para la siembra de grano de diferentes variedades vegetales, que posteriormente comercializaba entre los agricultores de la zona a un precio inferior al de la semilla certificada.

La reproducción y producción no autorizada de variedades de cereales protegidas constituye un grave problema en las zonas cerealistas españolas, destacan desde Geslive.

«Este fraude masivo tiene nefastas consecuencias no solo para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector. Con este tipo de prácticas ilegales se daña la imagen de la producción española en el extranjero y se pone en riesgo la seguridad para el consumidor, pues este material clandestino, fuera del sistema oficial de control y certificación, no solo no ofrece ninguna garantía de que pertenezca verdaderamente a la variedad que se indica, sino que adolece de garantías acerca de su pureza varietal y de sus condiciones fitosanitarias», apuntan desde esta empresa filial de Anove.

Tras la modificación efectuada en el Código Penal, por la Ley 1/2015 de fecha 30 de marzo, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas constituye un delito castigado hasta con tres años de prisión.

 

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