El Juzgado de lo Penal número 1 de Segovia ha dictado el 14 de abril una sentencia por la que condena al responsable de dos entidades radicadas en la provincia de Segovia, dedicadas al comercio de cereal y a la producción de semilla certificada, como autor de un delito contra la propiedad industrial por las operaciones no autorizadas de reproducción, producción, acondicionamiento para tales fines, comercialización y posesión de material de reproducción de la variedad vegetal protegida de trigo blando Craklin, según informa Geslive.
Nueva sentencia condenatoria por la explotación ilegal de variedades protegidas de cereal
La entidad radicada en Segovia procedía a la comercialización de grano acondicionado para siembra de la citada variedad vegetal entre los agricultores de la zona a un precio sensiblemente inferior al de la semilla certificada.
Según ha comunicado Geslive –empresa filial de la Asociación Nacional de Obtentores Vegetales– la citada sentencia, que es firme, por lo que no cabe recurso alguno contra ella, condena a dicho responsable a una pena de prisión de seis meses, inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo, multa, pago de indemnización por los daños y perjuicios causados, así como de las costas procesales.
Desde la filial de Anove insisten en recordar que «la reproducción y producción no autorizada de material de reproducción de variedades vegetales protegidas de cereal constituye un grave problema en las zonas cerealistas. Este fraude tiene graves consecuencias no sólo para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector, pues constituye una grave competencia desleal para la totalidad de los productores autorizados así como a los agricultores adquirentes de esas partidas de semilla ya que tampoco no existe garantía alguna de que la semilla vendida pertenezca verdaderamente a las variedades que se indican».