La Agencia Tributaria (AEAT) española y el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales enviaron una notificación a las empresas exportadoras, en la que informan de que si no se llega a un acuerdo para la salida de Reino Unido de la UE, que incluya un periodo transitorio, acuerdo que está pendiente de ratificación por parte del Parlamento Británico la próxima semana, dicha salida implicará “cambios trascendentales” para los intercambios desde España con ese país, a partir del 30 de marzo. La nota explica las consecuencias en el ámbito aduanero y de los Impuestos Especiales.
La AEAT y Aduanas instan a las empresas a prepararse ante un posible “Brexit” sin acuerdo
El acuerdo para la salida del Reino Unido de la UE, propuesto por el Gobierno de Theresa May, será votado en la Cámara de los Comunes el próximo martes 15 de enero, tras cinco días de debate, que empieza este miércoles 9 de enero, y tras la cancelación de una primera votación el pasado 11 de diciembre ante la falta de apoyo suficiente para que saliera adelante.
La previsión es que sea la propia May la que clausure las deliberaciones, con un discurso el próximo 15 de enero por la noche, justo antes de que los diputados voten la propuesta gubernamental de principio de acuerdo con la UE sobre el “Brexit”.
La líder conservadora ha estado recabando apoyos para que prospera el acuerdo con la UE, que regula el coste de la salida del Reino Unido y los derechos comunitarios, así como la polémica cláusula de seguridad para evitar una frontera física en la Isla de Irlanda en ausencia de un pacto comercial bilateral.
Desde el punto de vista aduanero, la salida de Reino Unido de la Unión Europea sin acuerdo, supone, entre otras cuestiones, que los flujos de mercancías entre España y Reino Unido dejarán de tener la consideración de operaciones intracomunitarias para pasar a estar sujetos a formalidades aduaneras.
Dichas formalidades incluyen la presentación de una declaración aduanera de importación/exportación para cada envío, la realización de controles aduaneros, el pago de derechos arancelarios y otros gravámenes que se devenguen a la introducción o la necesidad de obtener certificaciones sanitarias, fitosanitarias de calidad u otro tipo de requisitos, según informa la Agencia Tributaria.
“La introducción/envío de mercancías desde Península, Baleares o Canarias a Reino Unido requerirá la presentación de una declaración de aduana normal. En función del tipo y volumen de tráfico puede resultar conveniente optar por alguno de los procedimientos simplificados de declaración previstos en la normativa aduanera”.
“Todos los operadores económicos deberán identificarse a afectos aduaneros con un número de registro e identificación (número EORI) valido en toda la UE. Por tanto, si la empresa no dispone de este número debe solicitarlo a la AEAT”.
Desde la patronal de empresas productoras y exportadoras de frutas y hortalizas frescas, FEPEX, preocupa cómo pueden afectar los distintos tipos de control en aduanas a los flujos logísticos, considerando el fuerte volumen de envíos por carretera de frutas y hortalizas frescas al Reino Unido, el principal mercado exportador europeo. Solo en el mes de abril de 2018 ascendieron a 133.862 toneladas, lo que representa aproximadamente 6.000 envíos por camión.
Por ello, esta Federación ve prioritario establecer mecanismos que permitan gestionar el fuerte volumen de tráfico y evitar el colapso en el acceso por los puntos fronterizos, principalmente Dover. Los envíos marítimos ascendieron en abril de 2018 a 5.316 toneladas.