Prácticas Comerciales Desleales: la CE prevé nuevas medidas para reforzar a los productores en la cadena alimentaria

Prácticas Comerciales Desleales: la CE prevé nuevas medidas para reforzar a los productores en la cadena alimentaria

La Comisión publicó un informe sobre la aplicación de la  Directiva sobre prácticas comerciales desleales (PCD) en la cadena de suministro de alimentos, uno de los compromisos de la Comisión del pasado 15 de marzo, para reforzar la posición de los agricultores y ganaderos en la cadena de suministro alimentario.

Adoptada en 2019, esta Directiva prohíbe 16 prácticas que pueden tener efectos nocivos para los actores más débiles de la cadena, en particular los agricultores y los proveedores más pequeños, por lo que mejorar la posición de los agricultores en la cadena de suministro de alimentos, apoyar sus ingresos y garantizar una remuneración justa son objetivos importantes de la Política Agrícola Común (PAC).

La cadena de suministro de alimentos se caracteriza por diferentes grados de concentración. Si bien más del 95% de los actores de la industria alimentaria y del comercio minorista son microempresas o pequeñas empresas, en el mercado predomina un pequeño número de grandes empresas que actúan como compradores.

Por el contrario, con 9,1 millones de explotaciones, el sector agrícola sigue estando muy fragmentado (siendo 17,4 hectáreas el tamaño medio de una explotación en la UE).

La Unión Europea ya adoptó varias medidas destinadas a abordar esta situación y garantizar una cadena de suministro agroalimentario sólida y equitativa, que permita a los agricultores y otros pequeños proveedores aprovechar los beneficios de las oportunidades de mercado.

La Directiva sobre PCD entró en vigor el 1 de mayo de 2019 y exigía que los Estados miembros la transpusieran a sus legislaciones nacionales antes del 1 de mayo de 2021. En diciembre de 2022, todos los Estados miembros habían notificado su transposición completa a la Comisión.

En general, según la CE, la aplicación de la Directiva está ganando terreno y contribuirá a un grado cada vez mayor de protección de los agricultores y de los proveedores más débiles.

Una gran mayoría de países adoptaron un nivel más alto de protección contra las prácticas comerciales desleales

Una gran mayoría de Estados miembros adoptaron un nivel más alto de protección, aprovechando así la posibilidad de aplicar o mantener normas nacionales que van más allá de las prácticas prohibidas por la Directiva.

Además, se designaron autoridades de ejecución en todos los países de la UE.

En 2023, se abrieron alrededor de 1 500 investigaciones, de las cuales alrededor del 17 % dieron como resultado una infracción sancionada con una multa, que se saldó con unos 22 millones de euros recaudados por este concepto.

Según el informe de la CE, las prácticas comerciales desleales detectadas con mayor frecuencia fueron pagos atrasados ​​de productos agrícolas y alimentarios perecederos o no perecederos (50% y 13%), pagos no relacionados con una transacción específica (7%), pagos solicitados al proveedor por acciones de marketing (7 %), así como para almacenar, exhibir y cotizar (7%).

Alrededor del 41% de las prácticas desleales detectadas se identificaron a nivel minorista (47% en 2022), el 36% a nivel de la industria alimentaria (27% en 2022) y el 22% a nivel del comercio mayorista (25% en 2022).

El conocimiento de la normativa comunitario sobre PCD es aún muy bajo en la UE

El informe también destaca áreas de mejora. Así, la última encuesta sobre prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro de alimentos  mostró que el conocimiento sobre la existencia de normas de la UE en esta importante cuestión es todavía demasiado bajo (38% de los encuestados). Una gran proporción de los encuestados (57%) tampoco conocía las autoridades nacionales encargadas de hacer cumplir la ley.

Cuando se les preguntó por qué no denunciaron una práctica comercial desleal que habían experimentado, los encuestados indicaron principalmente el temor a algún tipo de represalia por parte del comprador (30%), seguido de considerarla como una práctica común en el sector (23%) o pensar que el público la autoridad de aplicación no sería capaz de gestionarlo (17%).

La aplicación transfronteriza adecuada de la normativa también cuenta todavía con demasiados obstáculos en ese sentido.

Para acompañar la implementación de las reglas e intercambiar mejores prácticas, la Comisión Europea facilitó la creación de la “UTP Enforcement Network”, compuesto por representantes de las autoridades nacionales encargadas de hacer cumplir la ley para ayudar a garantizar un enfoque común en relación con la aplicación de las normas y para que pueda emitir recomendaciones.

La CE va a proponer nuevas normas para la aplicación transfronteriza de la Directiva de PCD

Como parte de sus propuestas para fortalecer la posición de los agricultores en la cadena de suministro de alimentos, la Comisión propondrá este año nuevas normas sobre la aplicación transfronteriza de prácticas comerciales desleales.

Además, está adoptando más medidas para corregir aún más los desequilibrios en la cadena de valor. En primer lugar, la Comisión está avanzando en la creación del Observatorio de la cadena agroalimentaria de la UE (  AFCOpara aumentar la transparencia en materia de precios, estructura de costes y distribución de márgenes y valor añadido en la cadena de suministro.

En segundo lugar, la Comisión propondrá cambios específicos en el Reglamento por el que se crea una Organización Común de Mercados de productos agrícolas ( OCM ), que incluirá nuevas normas sobre los contratos celebrados entre agricultores y compradores y un fortalecimiento de las organizaciones de productores (OPs) para permitir a los agricultores cooperar y actuar colectivamente de una manera más eficaz.

El informe también servirá para una evaluación más detallada de la aplicación de la Directiva PCD, que la Comisión presentará en 2025 y que podría ir acompañada ya, en su caso, de propuestas legislativas.

¿Cuáles son las prácticas comerciales desleales prohibidas a nivel de la UE?

Prácticas comerciales desleales negras (prohibidas, cualesquiera que sean las circunstancias):

  • Pagos a más de 30 días para productos agrícolas y alimentarios perecederos.
  • Pagos a más de 60 días para productos agroalimentarios no perecederos.
  • Cancelaciones con poca antelación de contratos de productos agroalimentarios perecederos.
  • Cambios unilaterales del contrato por parte del comprador.
  • Pago por servicios no relacionados con el intercambio comercial.
  • Riesgo de pérdida y deterioro transferido al comprador.
  • Denegación de una confirmación escrita de los acuerdos de suministro por parte del comprador, a pesar de la solicitud del proveedor.
  • Uso indebido de secretos comerciales por parte del comprador.
  • Represalias comerciales por parte del comprador.
  • Transferir los costes de examinar las quejas de los clientes al proveedor.

Prácticas comerciales desleales grises (sólo prohibidas, si no se acuerdan previamente en términos claros e inequívocos entre las partes):

  • El comprador devuelve los productos no vendidos al proveedor.
  • Pago al proveedor por almacenamiento, exhibición y listado.
  • Pago del proveedor por promoción.
  • Pago del proveedor por publicidad.
  • Pago del proveedor por comercialización.
  • Pago al proveedor por el personal del comprador, equipamiento del local.

La fijación de los precios y las condiciones contractuales pueden afectar gravemente al sector agrario

El sector agrario y sus cooperativas (COPA-Cogeca) acogió con satisfacción el informe de evaluación presentado por la Comisión Europea sobre la aplicación de la Directiva de 2019 destinada a luchar contra estas prácticas comerciales, al considerar que en la agricultura, la fijación de precios y otras condiciones contractuales son una cuestión clave, que puede verse gravemente afectada por las prácticas comerciales desleales (PCD).

No obstante, uno de los límites identificados sigue siendo el desconocimiento de estos nuevos mecanismos dentro de los Estados miembros, por lo que es importante destacarlos, según esta organización.

El informe presentado por la CE ofrece una actualización sobre la aplicación de esta directiva. En el lado positivo, señala el COPA-Cogeca, el informe muestra que todos los Estados miembros de la UE han transpuesto a la legislación nacional y aplicado la misma, con la designación de una o varias autoridades competentes para recibir las reclamaciones y garantizar el tratamiento confidencial de la información.

A pesar de esta legislación, esta organización sigue observando prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro alimentario, como informa la Comisión.

Aunque la Comisión reconoce que el conocimiento de la existencia de las normas de la UE sigue siendo escaso (el 38 % de los encuestados lo sabía), el impacto en el sector agrícola va más allá de estas cifras, ya que alrededor del 30 % de los encuestados no se queja de estas prácticas por temor a ser excluidos de la lista o a sufrir otras formas de represalias por parte de los compradores. Es por eso por lo que, según el COPA-Cogeca, se debe garantizar el anonimato (y no solo la confidencialidad) a los agricultores que sufren estas prácticas injustas y abusivas para que puedan quejarse de forma efectiva.

Para Christiane Lambert, presidenta del Comité de Organizaciones Profesionales Agrarias (COPA), “el informe es importante y muy oportuno. Demuestra que es esencial mejorar el mecanismo europeo para luchar contra las prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro alimentario. Tenemos que revisar y actualizar la lista de PCD prohibidas e incluir las «ventas por debajo del coste» y las «ventas a pérdidas». También tenemos que ampliar el ámbito de aplicación de la Directiva para añadir algunos productos no alimentarios, como las flores y las plantas ornamentales.  Por ello, en el contexto de las elecciones europeas, pedimos a la Comisión que continúe su labor de evaluación en 2025 y que proponga una PCD 2.0 en su próximo programa de trabajo. No olvidemos que, detrás de la cuestión de los precios justos, está la resiliencia de nuestro modelo agrícola, la renovación generacional y la capacidad de invertir en las transiciones necesarias».

 

 

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