La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló los apartados Segundo, Cuarto, Quinto y Sexto de la Resolución de 27 de diciembre de 2017 del Ministerio de Agricultura por el que se autorizaba solo 57,4 hectáreas de nuevas plantaciones de viñedo para Cava en España.
La “guerra” del cava sigue reavivándose ante los tribunales de justicia
También anuló la recomendación de la Denominación de Origen Cava para la restricción en las replantaciones de viñedo en el ámbito de esta DOP y la conversión de los derechos de plantación.
Fuentes del Ministerio de Agricultura indicaron que analizarán con detalle durante el plazo estipulado dicha sentencia, antes de decidir si la recurren ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, y recordaron que a la vista pericial solo acudió el perito designado por la Junta de Extremadura, mientras que los otros dos peritos designados por el Consejo Regulador de la DOP Cava comunicaron su ausencia un día antes de la citada vista.
En cualquier caso, las reacciones no se han hecho esperar. El Consejo Regulador de esta DOP supra-autonómica mostró su claro desacuerdo con la sentencia del TSJ de Madrid referente al año 2018, destacando que recomendó limitar las nuevas plantaciones de viñedo en todo el territorio amparado, a raíz de la existencia de un excedente de oferta de 6.000 hectáreas, de las cuales 4.000 habían sido plantadas en los últimos tres años, agravando más la situación.
El Consejo Regulador considera que “es vital para el equilibrio y la sostenibilidad del sector del cava y de todos sus viticultores y bodegas que la componen, limitar este crecimiento”, recordando que esta decisión fue tomada por unanimidad por los representantes escogidos democráticamente de los viticultores y elaboradores de la DOP Cava, procedentes de los 159 municipios que la componen, con el objetivo de garantizar un crecimiento sostenible a medio y largo plazo.”
Además, indicó que “la sentencia emitida por el TSJ de Madrid afecta exclusivamente a la resolución correspondiente al año 2018, no a posteriores”, añadiendo que, “al igual que todas las Denominaciones de Origen europeas, la DOP Cava tiene la responsabilidad y competencias -reconocidas por la legislación nacional y europea- para gestionar de forma ordenada y equilibrada su viñedo, acorde a la demanda de sus productos, así como para defender los intereses de todos sus miembros.” Y en este sentido, emprenderá las acciones legales que considere oportunas.
Reacciones de Extremadura
Por su parte, la organización agraria, UPA-UCE Extremadura, valoró de manera positiva que la Junta regional haya ganado el contencioso que mantenía por las restricciones en materia de nuevas plantaciones, replantaciones y conversiones de derechos de replantación, establecidas por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2017.
Según Catalina García, secretaria del Vino de esta organización agraria “esta sentencia recupera derechos para los viticultores que, en su día, se vieron afectados y, además, supone un precedente muy importante de cara a recurrir nuevas decisiones, que perjudiquen los intereses de los viticultores de la región.”
Desde UPA-UCE mantienen que todos aquellos agricultores que solicitaron las plantaciones con variedades de cava tienen derecho ahora a inscribirla en el Consejo Regulador, abriéndose así un panorama “bastante alentador” ante el recurso de la Junta por la prohibición durante tres años de nuevas plantaciones de cava.
“A partir de ahora se tendrán en cuenta las alegaciones de nuestra Comunidad Autónoma para decidir si se restringe o no dichas plantaciones y, desde UPA-UCE, mantenemos la posición de siempre, que es rechazar cualquier limitación que impida a nuestros productores seguir creciendo”, señala García.
Por su parte, desde la Unión de Extremadura, se señala que “este varapalo que Tribunal Superior de Justicia de Madrid le da tanto al Ministerio de Agricultura, como al Consejo UAPACE, de la Denominación de Origen Cava, se basa en la ilegalidad que supone la imposición de los intereses del sector en Cataluña con respecto a los intereses de los productores, tanto de Requena, como de Almendralejo.
Al mismo tiempo, añade esta organización agraria, el TSJM cuestiona tanto los datos aportados por el Ministerio, como los aportados por el Consejo Regulador y pone en duda que, en las subregiones de producción de Requena y Almendralejo, se pueda discriminar a los productores cuando, según los datos aportados, el crecimiento de las ventas parece estar justificado.
La sentencia, según La Unión de Extremadura, anula estos apartados e insta al MAPA a aprobar una nueva resolución en la que tenga en cuenta los intereses de todas las regiones de producción de cava en España, en especial de regiones como Extremadura, que son consideradas desfavorecidas.
Aunque la sentencia se puede recurrir en el plazo de un mes, añade La Unión, “todo parece indicar, por los datos aportados en el sumario, que si la misma se recurre y es confirmada por el Tribunal Supremo, tendremos una jurisprudencia para poder anular las prohibiciones de nuevas plantaciones que se han establecido en años como el actual y los dos siguientes. Y, en este sentido, concluye esta OPA, “hace un llamamiento a todas las partes para llegar a un acuerdo, que no perjudique el crecimiento de estas producciones en aquellas regiones que el mercado demanda su producto”.
Por último, el presidente de APAG Extremadura-ASAJA, Juan Metidieri, mostró su satisfacción por la sentencia dictada por el TSJM, que da la razón a la Junta de Extremadura en el contencioso presentado contra las medidas establecidas por el Gobierno relativas a las nuevas plantaciones, a las replantaciones y a las conversiones de derechos de replantación relacionados con viñedos para el cava.
Según Metidieri, “se ha dado la razón de forma clara a los agricultores de Almendralejo y de Requena, por lo que ahora es necesario que se compense a los viticultores que han sufrido una importante discriminación, durante años, en detrimento de los productores catalanes”.
Metidieri considera que el Gobierno no debe recurrir la sentencia en casación, que es la vía judicial que queda por agotar, y sí adoptar las medidas necesarias para compensar a unos agricultores que, según señala la propia sentencia, se han visto perjudicados al ignorarse el principio más importante de solidaridad entre regiones, contemplado por la Unión Europea dentro de los Fondos Estructurales y que se habría visto menoscabado, así como la unidad de mercado o las normas de Derecho de la Competencia.
Desde APAG Extremadura-ASASA también se ha querido hacer un llamamiento a las distintas organizaciones agrarias para buscar la unidad de acción en este asunto, muy importante para Extremadura, puesto que la “Unión de Uniones de Agricultores”, como recoge la sentencia, solicitó, junto a la Generalitat de Cataluña, que se mantuvieran estas resoluciones, que ahora la justicia ha tumbado. Deben aclararse de qué lado está la Unión, si de los agricultores catalanes o a favor del principio de solidaridad, que recoge la sentencia.
Desde APAG Extremadura-ASAJA siempre se ha denunciado el posicionamiento de cualquier gobierno a favor de unas regiones en detrimento de otras, como está pasando con el cava, por lo que se ha reiterado la satisfacción por la victoria de los agricultores de la región, a través del recurso presentado por la Junta, y esperemos que se den soluciones reales y no se pierda más tiempo recurriendo la sentencia, ha concluido