El año que viene continuará la actualización de las normas de calidad y reglamentaciones técnico-sanitarias en el ámbito agroalimentario que poco a poco están siendo revisadas, según apunta José Maria Ferrer, responsable de Derecho Alimentario de AINIA. Una tendencia que se ha podido comprobar en este último trimestre con la aprobación de la norma de calidad del pan.
2019 traerá la actualización de las normativas de calidad del aceite de oliva, miel y conservas vegetales
Las normas de calidad que serán objeto de actualización se refieren a los siguientes productos: aceites de oliva, aceites vegetales, miel, conservas vegetales, galletas, patatas fritas y productos de aperitivo, así como de caldos, consomés, sopas y cremas. Así se ha notificado por parte del Gobierno en el Plan Normativo 2018 y en posteriores comunicaciones sobre estas materias.
En relación a los productos comentados, teniendo en cuenta la información que el Ministerio de Agricultura ha facilitado, es previsible que las primeras actuaciones las veamos en materia de aceite de oliva, con lo que el Real Decreto 308/1983 será derogado y contaremos con una nueva norma de calidad aplicable al aceite de oliva.
Algunos de sus elementos principales serán la mejora de la trazabilidad como ancla para aumentar el control de la calidad del producto, la separación regulatoria entre los aceites de semillas y aceites de oliva, y las cuestiones relacionadas con una mayor apertura e información en el etiquetado que permitirá, por ejemplo, que la mención «aceite de oliva», únicamente se podrá utilizar para la denominación de los aceites contemplados en esta norma, según lo dispuesto reglamentariamente para ello.
En particular, no se podrá utilizar combinada con otras palabras para denominar ningún otro aceite. No obstante, se podrá utilizar acompañada de otras palabras en la denominación descriptiva de un alimento, cuando vaya precedida por expresiones tales como “alimento a base de…” “preparado alimenticio…” “aliño o aderezo elaborado con…” “mezcla de aceites…”, apunta Ferrer”
La revisión de las normas de calidad va a clarificar el panorama a la hora de plantear nuevos productos y de esta forma contribuye al alineamiento de la innovación con el marco legal. También consideramos que gracias a estos cambios legislativos los operadores alimentarios tendrán un escenario con mayor seguridad jurídica.
Otros dos productos que es posible sean actualizados a corto plazo desde el punto de vista legislativo son las conservas vegetales. Previsiblemente, según Ferrer, “se centrará en tres ejes fundamentales: la simplificación de los productos y sus formas de presentación; la adaptación de los defectos y sus tolerancias al desarrollo tecnológico de los procesos de elaboración, y la actualización de la información alimentaria facilitada al consumidor. De esta forma se pondrá al día una regulación que ya tiene 40 años (Real Decreto 2420/1978)”.
El origen de la miel, elemento central de la revisión legislativa
Por otra parte, también tendrá lugar la revisión sobre el origen de la miel, que permitirá modificar la norma de calidad vigente, del año 2003 (Real Decreto 1049/2003), aportando información más clara sobre los distintos orígenes de la miel que se comercializa en España.
La actualización de la norma de calidad de la miel en cuanto al origen da respuesta a la demanda del sector y también a la inquietud social sobre el origen de los alimentos. Es una oportunidad para transmitir la información de forma más clara al consumidor y a su vez incrementar la confianza en los productos que adquiere sabiendo con exactitud el origen de los mismos.
Respecto al resto de productos alimenticios que es probable vean revisado su marco legal a lo largo de 2019, aceites vegetales, galletas, las patatas fritas y productos de aperitivo, así como caldos, consomés, sopas y cremas: se trata de normativas que ya estaban previstas revisar en 2018, de acuerdo con el Plan Normativo que publicó en diciembre de 2017 el Gobierno. Por tanto, es factible que con algo de retraso se aprueben estas nuevas disposiciones.
Y en la Unión Europea
En el ámbito de la Unión Europea se aprobará en 2019 la futura regulación sobre transparencia y sostenibilidad de la determinación del riesgo en la cadena alimentaria. “Se trata de una propuesta de gran calado, dado que no sólo se va a trabajar sobre cuestiones vinculadas con el riesgo en la cadena alimentaria, sino que también se verán afectadas disposiciones que regulan temas tan sensibles como lo materiales en contacto con los alimentos, los aditivos o los nuevos alimentos, entre otros”, subraya Ferrer.
Todo ello a través de la modificación de los siguientes reglamentos y directivas:
– Reglamento (CE) nº 178/2002 [legislación alimentaria general],
– Directiva 2001/18/CE [liberación intencional en el medio ambiente de OMG],
– Reglamento (CE) nº 1829/2003 [alimentos y piensos modificados genéticamente],
– Reglamento (CE) nº 1831/2003 [aditivos en los piensos],
– Reglamento (CE) nº 2065/2003 [aromas de humo],
– Reglamento (CE) nº 1935/2004 [materiales en contacto con alimentos],
– Reglamento (CE) nº 1331/2008 [procedimiento de autorización común para aditivos, enzimas y aromas alimentarios],
– Reglamento (CE) nº 1107/2009 [productos fitosanitarios]
– Reglamento (UE) 2015/2283 [nuevos alimentos]
El responsable de derecho alimentario de AINIA, José María Ferrer (en la imagen), comenta: “La propuesta de la Unión Europea se centrará en garantizar una mayor transparencia, permitiendo a los ciudadanos el acceso a la información relacionada con la seguridad presentada por la industria en el proceso de determinación del riesgo. Además, se creará un registro europeo común de los estudios encargados, para garantizar que las empresas que solicitan una autorización presenten toda la información pertinente”.
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), podrá exigir estudios complementarios con cargo al presupuesto de la Unión. También se prevé que los estados miembros participen más en su estructura y comisiones técnicas científicas. En el ámbito social, se incidirá más en la participación ciudadana y en la comunicación del riesgo a los ciudadanos, con acciones comunes para aumentar la confianza de los consumidores, fomentando su sensibilización y su comprensión.
Desde el punto de vista de Ferrer: “En la práctica va a suponer entrar en temas tan sensibles como: OMG, aditivos en piensos, aromas de humo, materiales en contacto con los alimentos, aditivos, enzimas alimentarias, aromas alimentarios, productos fitosanitarios y nuevos alimentos”.
Controles oficiales de alimentos
Por último, pero no por ello menos importante debemos recordar que el próximo 14 de diciembre de 2019 será aplicable el Reglamento 625/2017 sobre control oficial para los alimentos.
El Reglamento 625/2017 tiene gran importancia para el sector alimentario, en tanto que regulará los controles oficiales poniendo el acento en la confianza del consumidor y la lucha contra el fraude a través de controles más eficaces y armonizados en el seno de la Unión Europea. Entre los aspectos más relevantes destacan las cuestiones vinculadas con el e-commerce, la cooperación entre los Estados miembros y el nuevo sistema integrado de información.