El Boletín Oficial del Estado (BOE) de 16 de diciembre modifica la Orden AAA/2444/2015, por la que se establecen medidas de emergencia preventivas frente a la fiebre aftosa enel Magreb, a fin de adaptarla a la Decisión comunitaria (Decisíón de Ejecucion (UE) 2015/2217) , que establece medidas preventivas frente a esta enfermedad para los vehículos y buques de transporte de ganado procedente de Libia y Marruecos, pero no para los procedentes de Túnez y Argelia.
Adaptación de medidas del Magrama frente a la fiebre aftosa del norte de África
Según la nueva Orden AAA/2719/2015, teniendo esto en cuenta y, una vez realizado un análisis pormenorizado del riesgo de la entrada del virus en territorio nacional, procede mantener las medidas preventivas en relación a los vehículos de transporte de mercancías de la Orden de 19 de noviembre pasado, realizando una serie de modificaciones a la prohibición de importación de productos de origen animal para adecuarlo al riesgo real de estos productos.
La situacion sanitaria en relación a la fiebre aftosa, que afecta al ganado rumiante y también monográstico, de los países del norte de África y el empeoramiento de la misma, con la declaración a la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OIE) de varios focos en Marruecos, hace necesario establecer una serie de medidas urgenttes para prevenir la entrada de esta enfermedad en nuestro terrotiro.