La Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE) pone a disposición de todos los operadores para la vigente campaña 2020/2021 el contrato tipo homologado de compraventa de uva con destino a su transformación en vino, por un lado, y el contrato tipo homologado de compraventa de vino, por otro.
El BOE publica los contratos-tipo homologados de 2020/21 en los sectores vitivinícola, limón, pomelo y tabaco
Estos nuevos modelos han sido reconocidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de las órdenes ministeriales APA/770/2020 y APA/771/2020, publicadas este 6 de agosto por el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, el BOE publicó los días 5 y 6 de julio las cinco Órdenes del Ministerio de Agricultura por las que se homologan los contratos-tipo de compraventa de limones y pomelos con destino a su comercialización en fresco e industria para la próxima campaña 2020/2021.
Uva para vino/vino
Los contratos-tipo homologados por el MAPA en el sector vitivinícola son de carácter voluntario, pueden ser utilizados en todas las tipologías y orígenes (con o sin DOP/IGP), tanto de uva como de vino y, además, están disponibles para ser usados en transacciones puntuales o para contratos de abastecimiento continuo, en el caso del vino, con lo que se dotaría de mayor estabilidad a las producciones y a los mercados, según la OIVE.
Los contratos permiten también estipular libremente a las partes los criterios de calidad, de cara a la fijación de precios que deben estar de acuerdo con la legislación vigente.
Con estos nuevos modelos reconocidos a nivel institucional por el MAPA, la Interprofesional del Vino de España busca facilitar y ordenar las transacciones entre los actores de la cadena de valor del vino, por lo que, a pesar de ser voluntarios, desde OIVE recomiendan su uso.
Los contratos deben registrarse obligatoriamente y, por ello, se tendrá que enviar una copia por correo electrónico a la empresa designada a tal efecto para su depósito con total garantía de confidencialidad. Las cláusulas de control se activarán en caso de discrepancias entre las partes.
Según esta entidad, el contrato-tipo homologado se diferencia de otros contratos mercantiles privados, en que contiene una cláusula de control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del mismo, cuya tarea recae sobre la Comisión de Seguimiento de Contratos constituida a tal efecto en el seno de OIVE.
Son una práctica extendida en el ámbito agroalimentario y en la actualidad cuentan con ellos sectores como el lácteo, cítricos o forraje deshidratado.
El fomento de su empleo, además, permitirá la obtención de valiosa información agregada sobre las transacciones acogidas a eta modalidad, que contribuirá a una mejor información en este sector.
https://www.interprofesionaldelvino.es/contratos/
Limón/Pomelo
Por otro lado, fueron publicadas en el BOE las cinco Órdenes del MAPA, por las que se homologan los contratos-tipo de compraventa de limones y pomelos con destino a su comercialización en fresco e industria para la próxima campaña 2020/2021, según destacó la Asociación Interprofesional Ailimpo.
José Antonio García, director de la Interprofesional citrícola, señaló “estos contratos constituyen una herramienta clave para dar cumplimiento a la Ley 12/2013 de la cadena alimentaria y ofrecen la garantía de cumplimiento de las obligaciones que establece en materia de contratación.”
Como novedades, los 5 contratos (limón para consumo en fresco, limón con destino a transformación industrial, , limón ecológico para fresco , pomelo para fresco, y pomelo para transformación ) incluyen la adaptación a la reciente modificación de la Ley 12/2013, con una referencia expresa a que el precio pactado entre las partes cubre los costes efectivos de producción, así como la mención expresa a la Orden Ministerial APA/541/2020 de Extensión de Norma de AILIMPO, que obliga a la recaudación de la aportación económica al productor de 0,6 €/tonelada.
En caso de conflicto, Ailimpo presta el servicio de mediación. Si no se lograra una solución de mutuo acuerdo, las partes pueden elegir someter la controversia a los tribunales ordinarios o al arbitraje administrado por la Corte Arbitral de la Cámara de Comercio de Murcia. Si no hay acuerdo entre las partes, se someterá a los tribunales ordinarios.
En relación con el contrato tipo de limones ecológicos, que es el único homologado en España para un producto orgánico, esta Asociación destaca que «este contrato tipo, que es pionero, permitirá aportar transparencia y mayor garantía al sector en la organización de la producción ecológica».
En virtud de este contrato se establece un rendimiento de referencia de producción total de limón ecológico fijado en 40.000 kilos/ha, de forma que en caso de superarse deberá comunicarse previamente tanto a Ailimpo, como al Organismo Oficial de Control de la Comunidad Autónoma donde radique la explotación, con el fin de realizar las comprobaciones oportunas, y de esta forma garantizar el correcto funcionamiento del sistema.
Para la Interprofesional citrícola, los contratos publicados constituyen un instrumento oficial equilibrado, sencillo y útil, que está consensuado por el conjunto del sector, por representantes tanto de la producción como del comercio que forman parte de la interprofesional, y por tanto son contratos que defienden los intereses de ambas partes, comprador y vendedor, que libremente pactan las condiciones de entrega, volúmenes, precios, especificaciones de calidad, plazos de pago, etc., pero en un marco global que ofrece la máxima garantía.
El sector de limón y pomelo, a través de Ailimpo, ha apostado decididamente por la Ley 12/2013 de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, siendo el sector con más empresas adheridas al Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria, impulsado por el Ministerio de Agricultura, lo que demuestra un claro compromiso con la ley y el uso de los contratos tipo.
Según el director de esta Asociación Interprofesional “estos contratos se convierten en una herramienta que permite al sector dar las máximas garantías de calidad y seguridad a los clientes, mejorando la imagen y prestigio de nuestros productos en los mercados tanto de fresco como de productos industrial, puesto que tienen como objetivo disponer de una mayor información, seguridad y garantía contractual sobre la trazabilidad, tratamientos fitosanitarios, abonados y certificaciones de las fincas, así como los requisitos de calidad de la fruta y el procedimiento para realizar los análisis de pesticidas».
Tabaco
El BOE de este 6 de julio publica también el contrato tipo-homologado de cultivo y compraventa de tabaco, que regirá durante la campaña 2020/21 (cosecha 2020).
PDF (BOE-A-2020-9317 – 8 págs. – 271 KB)