La Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos, ante la modificación del el Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, sobre las normas de condicionalidad, introduciendo dos nuevas prácticas de “Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales” (BCAM) relacionadas con el mantenimiento del nivel de materia orgánica en el suelo, solicita a las comunidades autónomas que apliquen las excepciones que se contemplan y eviten que se haga un mal uso que perjudique a la tierra.
Unión de Uniones pide a las CC.AA. que establezcan la excepción ante las nuevas normas sobre la aplicación de los purines
Unión de Uniones así lo ha solicitado en una carta a las consejerías de agricultura a través de sus organizaciones territoriales, exponiendo las razones por las que considera que las prácticas aprobadas no consiguen el objetivo perseguido ni para la agricultura ni para el medio ambiente.
Según analiza la organización, la primera de las prácticas aprobadas prohíbe la aplicación de purín en las superficies agrícolas mediante sistemas de plato o abanico o cañones, pudiendo las comunidades autónomas establecer excepciones, atendiendo a las características específicas de las superficies afectadas, incluidas las condiciones orográficas y climáticas, u otros motivos, debiendo las mismas quedar debidamente justificadas.
La segunda, por su parte, establece que los estiércoles sólidos deberán enterrarse después de su aplicación en el menor plazo de tiempo posible. Y, en este sentido, será la comunidad autónoma quien tenga la última palabra, pudiendo exceptuar de esta obligación, si así lo establece, los tipos de cultivo mediante siembra directa o mínimo laboreo, los pastos y cultivos permanentes, y cuando la aportación del estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo ya instalado.
Unión de Uniones considera que la exigencia de dichas prácticas no hace aportaciones apreciables al mantenimiento de la materia orgánica, ya que la aplicación de purines no influye en la misma, ni tampoco el hecho de enterrar los estiércoles ayuda a mejorar o aumentar su presencia; sino que, al contrario, implica movimientos adicionales del suelo perjudiciales a la conservación de su materia orgánica.
Por estos motivos, la organización, junto con sus organizaciones territoriales, pide a las consejerías que establezcan con la mayor amplitud las excepciones que se contemplan para evitar una inconveniente aplicación de las prácticas citadas.
Igualmente, Unión de Uniones ha hecho una comunicación a la Comisión Europea por entender que se infringe lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 94 del Reglamento (UE) 1306/2013, que dispone que “Los Estados miembros no definirán requisitos mínimos que no estén establecidos en el anexo II,”, no encontrándose las prácticas en cuestión entre las recogidas en el citado Anexo.