De acuerdo a los datos provisionales que maneja el Ministerio de Agricultura, la limitación, “capping” (techo máximo) o degresividad (reducción progresiva) de pagos de la futura ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, que se pondrá en marcha en 2023 con la entrada en vigor de la nueva PAC, afectará a menos de 3.000 beneficiarios del actual pago básico.
Menos de 3.000 beneficiarios se verían afectados por la limitación de los pagos directos de la próxima PAC 2023-2027
En concreto, según los cálculos del MAPA, en base a los actuales datos de pagos directos de la PAC, serían 2.928 beneficiarios, que perciben algo de 300 millones de euros de pago básico.
Al respecto, la propuesta comunitaria sobre “Limitación y degresividad de los pagos” señala que “los Estados miembros podrán limitar la cuantía de los pagos directos que han de concederse a un agricultor para un año civil determinado. Los Estados miembros que opten por introducir un tope reducirán en un 100% el importe que exceda de 100.000 euros.”
Asimismo, “los Estados miembros podrán optar por reducir el importe de los pagos directos que deben concederse a un agricultor para un año civil determinado, que exceda de 60.000 euros, de la siguiente manera: a) hasta el 25% para el tramo comprendido entre 60.000 y 75.000 euros; b) hasta el 50% para el tramo entre 75.000 y 90.000 euros, y c) hasta el 85% por encima de los 90.000 euros.”
Se trata de una medida de aplicación voluntaria, pero que el MAPA ya comunicó al sector y a las CC.AA. que quiere aplicar en nuestro país, en el marco del Programa Estratégico Nacional de la PAC (PEPAC), teniendo en cuenta (descontando) el empleo generado en la explotación, estando aún por decidir si será en los mismos porcentajes de degresividad que propone el reglamento comunitario o en otros distintos.
De hecho, la propuesta comunitaria deja a los EE.MM. libertada para fijar tramos adicionales y especificar los porcentajes de reducción para esos tramos adicionales dentro de los límites establecidos, asegurándose, eso sí, de que la reducción para cada tramo sea igual o superior a la del tramo anterior.
Asimismo, los EE.MM. que apliquen esta medida “podrán restar del importe de los pagos directos (…) los sueldos vinculados a una actividad agrícola declarada por el agricultor, incluidos los impuestos y las cotizaciones sociales relacionadas con el empleo; el costo equivalente de la mano de obra regular y no remunerada vinculada a una actividad agrícola practicada por las personas que trabajan en la explotación agrícola en cuestión y que no reciben un salario, o que reciben una remuneración inferior a la cantidad normalmente pagada por los servicios prestados, pero que son recompensados a través del resultado económico del negocio agrícola (por ejemplo, familiares a los que se implica en el trabajo de la explotación en ciertas épocas del año), así como el elemento del coste de la mano de obra de los gastos de contratación vinculados a una actividad declarada por el agricultor.
En cualquier caso, para calcular las cantidades a restar, los Estados Miembros utilizarán un método, que se especificará en sus Planes Estratégicos de la PAC y que podrá incluir el uso de estándares predefinidos. Y, además, deberán tener en cuenta las especificidades en este cálculo de limitación o reducción de las ayudas de aquellos beneficiarios que sean personas jurídicas o un grupo mixto de personas físicas o jurídicas o agrupación de personas jurídicas afiliadas.
El MAPA considera también necesario tener en cuenta la particularidad de las cooperativas y figuras afines, de forma que este sistema no suponga un freno al asociacionismo, así como el que se descuenten los costes de personal antes de aplicar la degresividad y la limitación (“capping”) para no desincentivar el empleo en las explotaciones agrarias.
Ve igualmente necesario que, a la hora de calcular la degresividad y la limitación de la ayuda básica a la renta, no se tomen en consideración ni el pago a los jóvenes agricultores, ni el pago a los ecoesquemas, con el fin de no introducir un elemento desincentivador en los mismos.
Por último, el MAPA defiende la necesidad de introducir una cláusula que permita evitar la creación de “condiciones artificiales”, cuyo fin sea que no se aplique la degresividad y la limitación de los pagos, mediante la división artificial de las explotaciones agrarias.
Los fondos restados al aplicar la degresividad y la limitación irían a un pago redistributivo complementario a la renta, que se realizaría de manera regional o nacional, con destino a las explotaciones pequeñas y medianas, desde el punto de vista de su dimensión económica, más expuestas a la volatilidad de los mercados y a la falta de rentabilidad, sobre todo en determinados sectores, con márgenes de producción cada vez menores.
Beneficiarios e importes
Según el MAPA, el número total de beneficiarios que, como máximo, se le podría aplicar la degresividad de la ayuda básica a la renta, previo y a expensas de restar los costes laborales vinculados a la actividad agraria, serían 2.928, que percibieron un importe de 301,04 millones de euros.
De este colectivo, 1.121 (38,3%), con importe de 74,48 M€ (24,7%) habrían percibido cada uno entre 60.000 y 75.000 euros, por lo que se aplicaría una reducción del 25% sobre el exceso de ayuda a partir de los 60.000 euros, tras descontar los costes laborales de la actividad agraria.
Otros 601 beneficiarios (20,5%), con un importe total de casi 49,14 M€ (16,3%), habrían percibido de forma unitaria entre 75.000 y 90.000 euros, con lo que la reducción sobre el exceso a partir de 75.000 euros podría ser del 50%, una vez descontados los costes laborales de la actividad.
Unos 272 beneficiarios (9,3%), con un importe total de 25,84 M€ (8,6%), habrían percibido unitariamente entre 90.000 y 100.000 euros de pago básico, con lo que se les podría aplicar, una vez restados los costes laborales de la actividad agraria, hasta el 85% del exceso por encima de los 90.000 euros y hasta los 100.000 euros.
Por último, el MAPA contabiliza unos 934 beneficiarios (31,9%), que percibieron un importe total de 151,57 M€ (algo más del 50,3%), con un pago básico unitario superior a los 100.000 euros. A este colectivo, se le restaría el 100% de la ayuda directa que excediera de dicha cantidad, una vez descontados los costes laborales asociados a la actividad agraria que pudieran justificar.
El MAPA apoya la aplicación de la degresividad de los pagos directos a partir de 60.000 euros y la limitación del pago a partir de un umbral no inferior a 100.000 euros, “a partir del cual las explotaciones pueden contar con las suficientes ventajas de escala como para no precisar apoyos adicionales.”