El Ministerio de Agricultura ultima el Real Decreto que establecerá la concesión directa de una ayuda temporal excepcional para compensar las dificultades económicas en el sector productor de vacuno de leche.
Ayuda única directa de 45,53 M€ en apoyo de los ganaderos de vacuno de leche
Así, ha articulado una ayuda de liquidez dotada con un total de 45.526.629 euros para las explotaciones del sector vacuno de leche, que es la suma de los dos tramos previstos de la ayuda excepcional de carácter temporal para los productores de los sectores ganaderos, prevista por la Comisión Europea, con un montante de 25.526.629 euros para España, y de la ayuda “de minimis” destinada a compensar las dificultades económicas en el sector lácteo, para la cual el Magrama había dispuesto un montante de 20 M€ con cargo a la financiación íntegramente nacional.
En conjunto, según el borrador de Real Decreto, al que ha tenido acceso AgroNegocios, la ayuda a la liquidez se dirige a los ganaderos que han realizado entregas durante los meses de abril, mayo, junio y julio de 2015, quedando articulada en dos tramos; un tramo básico, a percibir por todas las explotaciones, que consiste en una ayuda por kilo, igual para todos, proporcional a las entregas declaradas al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) durante los citados meses, y un tramo adicional, complementario, para los productores en una situación más precaria; es decir, para aquellos que se hayan situado por debajo de unos umbrales de rentabilidad, previamente establecidos, mediante RD 849/2014, de 28 de septiembre, por razones de urgencia para garantizar la disponibilidad de la dotación financiera con cargo al presupuesto nacional.
Todos los ganaderos de vacuno de leche recibirán una ayuda de liquidez, que les permitirá amortiguar los efectos de la crisis de precios de estos últimos meses, mediante concesión directa, al concurrir razones de interés social y económico.
El tramo básico de la ayuda se abonará junto a las ayudas directas de la PAC, a todos aquellos beneficiarios que hayan presentado la Solicitud Única en el año 2015, salvo en el caso de las explotaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, que se concederán por otro procedimiento.
Al ser una ayuda única, el Magrama derogará el RD 849/2015, de 28 de septiembre, “a fin de integrar en esta nueva regulación los dos tramos de ayuda” El tramo complementario se aplicará con carácter retroactivo desde el 30 de septiembre de 2015, en que entró en vigor el citado RD, dado que la única modificación operada es la supresión del carácter “de minimis” de dicha ayuda, lo que resulta más beneficioso, al tiempo que se clarifica que se trata no de una ayuda aislada, sino del tramo complementario de una ayuda única.
Condiciones de los ganaderos beneficiarios
Serán beneficiarios de esta ayuda los productores de vacuno de leche, que no presenten renuncia expresa, siempre que
a) sean titulares de explotaciones inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), con el tipo de explotación “Producción y reproducción”. A nivel de subexplotación deberán estar clasificadas como explotaciones de bovino, con una clasificación zootécnica de “reproducción para producción de leche” o “reproducción para producción mixta”.
b)Hayan realizado entregas de leche a primeros compradores durante los meses de abril, mayo, junio y julio de 2015.
c) Hayan presentado en el año 2015 la Solicitud Única, prevista en el RD 1075/2014, requisito que no será aplicable a los productores cuyas explotaciones se ubiquen dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Para percibir el tramo complementario de la ayuda, los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos adicionales:
a) No haber alcanzado durante los meses de abril, mayo, junio y julio de 2015, algunos de los umbrales de rentabilidad determinados.
b) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y no deberán tener pendiente ninguna obligación de reintegro en materia de subvenciones públicas.
El importe del tramo básico de la ayuda consistirá en un único pago, por importe de 0,0107 € por cada kilo de leche entregada por los beneficiarios en los meses de abril, mayo, junio y julio de 2015, en función de los datos declarados por los compradores y obrantes en el Sistema Unificado de Información del Sector Lácteo (INFOLAC), limitado a un importe máximo de 50.000€ por beneficiario y sin que se conceda ninguna ayuda a los ganaderos cuyo importe para este tramo fuese inferior a 100 €. Se prevé también proceder al prorrateo entre los beneficiarios de este tramo de ayuda, si el importe supera los más de 25,5 M€ disponibles.
El importe del tramo complementario de la ayuda será de 300 euros por animal subvencionable para aquellas explotaciones que se encuentren por debajo del umbral previsto en la normativa (datos del Rengrati), y de 110 euros por animal para las que se encuentren por debajo del mismo. En todo caso, ambos umbrales de rentabilidad aplicables a estas ayudas se publicarán en la página web del Magrama. La cuantía máxima por explotación en este tramo será de 10.000 euros, con posibilidad de prorrateo entre los beneficiarios si se supera la disponibilidad presupuestaria de 20 millones de euros.