Cambios en la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
El Consejo de Ministros aprobó este martes 23 de julio un real decreto que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, define el diseño de la organización interna de los órganos superiores y directivos, y el reparto de las funciones que les corresponden a cada uno de ellos y de sus órganos dependientes.
Con la aprobación de esta norma, según este departamento, se completa el diseño institucional del Ministerio de Agricultura y se concretan sus funciones para desarrollar el programa de legislatura.
Así, se establecen como órganos superiores del MAPA la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación; la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación; la Secretaría General de Pesca y la Secretaría General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria (anterior Secretaría General de Agricultura y Alimentación).
Se crear la División de Formación Agroalimentaria y Asuntos Horizontales dentro de la DG de Desarrollo Rural
En línea generales, el MAPA mantiene la estructura anterior, pero con la incorporación que se hizo en su día de la nueva Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, reflejo. según este departamento, «de la importancia estratégica que el sector tiene para este Gobierno, que, bajo la dependencia directa del ministro, tiene entre sus funciones la gestión de las políticas relacionadas con el impulso del Desarrollo Rural. Por ello, se adscribe a esta Secretaría de Estado la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria (con anterioridad dependiente de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación).
Al respecto, en el ámbito de esta Dirección General, se crea una nueva División de Formación Agroalimentaria y Asuntos Horizontales, cuyo objetivo será priorizar las políticas encaminadas a mejorar las condiciones de vida en el medio rural, que son un pilar de la nueva Política Agraria Común (PAC).
Asimismo, en el marco de la Secretaría General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria se establecen nuevos organismos y se llevan a cabo reajustes de competencias internas y entre sus Direcciones Generales, al objeto de lograr una mayor eficacia en el desempeño de las funciones asignadas.
Así, dentro de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, se constituye una nueva Subdirección General de Laboratorios de Sanidad Animal y Vegetal, que permitirá aglutinar las funciones en este importante ámbito, en especial para la proyección exterior de las producciones españolas.
También se crea una nueva División de Bienestar Animal, con el fin de responder al creciente número de funciones ligadas a esta cuestión dentro de las competencias de este departamento ministerial.
Por último, en lo referido a la Secretaría General de Pesca, se constituye un órgano encargado directamente de la proyección ambiental de las medidas pesqueras, para asegurar su mejor despliegue.
Asimismo, algunas Subdirecciones generales cambian su denominación para reflejar de una manera más adecuada su ámbito competencial. Ese es el caso de la nueva Subdirección General de Investigación Pesquera y Recopilación de Datos, antigua Subdirección General de Investigación Científica y Reservas Marinas; o la Subdirección General de Control e Inspección y Lucha contra la Pesca Ilegal, antes denominada Subdirección General de Vigilancia Pesquera y Lucha contra la Pesca Ilegal.