El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicó el día 19 de enero las condiciones generales aplicables a las compras en régimen de intervención pública de leche desnatada en polvo y de mantequilla, que estará abierto hasta el 30 de septiembre.
El FEGA publica las condiciones de compra en intervención pública de mantequilla y leche en polvo
Los textos, según el FEGA, pretenden «facilitar» a los operadores comerciales la presentación y tramitación de sus ofertas y contienen aspectos sobre procedimientos, condiciones y requisitos establecidos por la normativa comunitaria para las compras.
Entre las condiciones generales para la compra de leche desnatada en polvo, se recoge que el producto sea de primera calidad, fabricada con leche por el proceso de atomización (spray) en empresas autorizadas y con un contenido proteico mínimo del 34 % en peso sobre el extracto seco magro.
Para la mantequilla, se requiere que sea producida directa y exclusivamente a partir de nata pasteurizada en una empresa autorizada, con un contenido mínimo de materia butírica del 82 % en peso y con un contenido máximo de agua del 16 % en peso.
En ambos casos, se exige que la cantidad mínima de la oferta sea de 20 toneladas, por toneladas completas, y expresada con tres decimales, o que el oferente presente una garantía de 50 euros por tonelada en el Estado miembro donde presenta la oferta.
Junto a las condiciones generales, también se recogen condiciones particulares para las compras a precio fijo o para las compras mediante licitación.