El MAPA acelera el procedimiento para abonar las ayudas extraordinarias de 712,7 M€ por la sequía y los mayores costes de producción

El MAPA acelera el procedimiento para abonar las ayudas extraordinarias de 712,7 M€ por la sequía y los mayores costes de producción

El Ministerio de Agricultura inició este martes 4 de julio el procedimiento para pagar un total de 712,7 millones de euros en ayudas extraordinarias a agricultores y ganaderos afectados por la sequía y el incremento de los costes de producción derivados de la guerra en Ucrania.

El real decreto-ley aprobado el pasado 4 de mayo, establecía ya ayudas extraordinarias por importe de 631,7 M€ para compensar las pérdidas por la sequía y el incremento de los costes de producción debido a la guerra en Ucrania a los agricultores y ganaderos españoles.

 

El real decreto-ley aprobado el pasado 4 de mayo, establecía ya ayudas extraordinarias por importe de 631,7 M€ para compensar las pérdidas por la sequía y el incremento de los costes de producción debido a la guerra en Ucrania a los agricultores y ganaderos españoles.

A este importe se suma ahora, casi 81,1 M€ asignados a España de la Reserva de Crisis Agrícola de la Política Agraria Común (PAC) por problemas de mercado y diversas adversidades agroclimáticas, entre ellas la sequía, distribuidos por la Comisión Europea y en la que nuestro país resultó el principal beneficiario ante unas pérdidas más elevadas.

Así, en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) se ha publicado este 4 de julo ya el listado provisional de los 74.651 titulares de explotaciones ganaderas, que se van a beneficiar de la ayuda de Estado por 355 millones de euros.

Este apoyo extraordinario se empezará a abonar, según el MAPA, a partir de octubre y  se concede directamente a los beneficiarios, productores de carne de vacuno (vacas nodrizas), de ovino y de caprino y productores de leche de vaca, oveja y cabra, beneficiarios a su vez de las ayudas asociadas a la Ganadería de la PAC en la pasada campaña 2022 y que tengan un censo mayor que cero cabezas a 30 de abril de 2023.

En el caso de Canarias, los beneficiarios serán los titulares de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino, que estén dadas de alta en el Registro General de Explotaciones Ganaderas a 30 de abril de 2023.

El MAPA aclara que las ayudas se concederán cuando el importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros

Se estima que los beneficiarios que cumplen con las condiciones establecidas para acceder a esta ayuda, que no presenten alegaciones y que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, podrán percibir estas ayudas en el mes de octubre.

El presupuesto total asignado de 355 M€ se distribuye de la siguiente forma: 197 millones para los productores de carne de vacuno, 117,4 millones para los productores de carne de ovino y caprino, 17,4 millones para los productores de leche de vaca y 23,2 millones para los productores de leche de oveja y cabra. 

En base a los datos provisionales de explotaciones ganaderas subvencionables y al número de animales que serían elegibles para esta ayuda, y para evitar superar la cuantía máxima estimada por especie y orientación productiva, se ha llevado un ajuste lineal a los importes unitarios indicados en el RD-ley 4/2023, de 11 de mayo, de tal forma que se han establecido los siguientes importes unitarios por cabeza de ganado para las zonas de afección alta de sequía:

En el caso de la vaca de carne (nodriza), 143,48 €/cabeza; en oveja y cabra de carne, 15,89 €/cabeza; en vaca de leche, 55,12 €, y en oveja y cabra de leche, 8,66 €/cabeza.

Como establece el RD-ley 4/2023, las explotaciones que cuenten con la mayor parte de sus animales potencialmente subvencionables en la campaña 2022 en las CC.AA. establecidas como zonas de afección media de sequía recibirán el 50 % de los importes previstos para cada especie y orientación productiva, mientras que las de afección moderada percibirán el 25% de los importes.

Además, para los productores de leche de vaca se establece un máximo de 725 animales subvencionables por beneficiario.

Los productores de vacas nodrizas percibirán el 100 % del importe unitario para las 250 primeras vacas, y un 50 % de los mismos desde la 251 hasta la totalidad de su censo.

Los productores de ovejas y cabras percibirán el 100 % de los importes respectivos para los  primeros 2.000 animales, y el 50% de los mismos para el resto de sus animales elegibles.

En conjunto, el número provisional de titulares de explotación y los importes totales provisionales por CC.AA son: Andalucía (64,57 M€ para 9.963 explotaciones ganaderas); Aragón (2.698 y 24,15 M€); Asturias (5.894 y 5,77 M€); Baleares (982 y 726.810 €); Canarias (567 y 520.154); Cantabria (3.670 y casi 4,29 M€); Castilla-La Mancha (4.401 y casi 38,85 M€); Castilla y León (13.392 y prácticamente 59 M€); Cataluña (2.573 y casi 17,66 M€); Extremadura (11.147 y 106,62 M€); Galicia (12.609 y 10,38 M€); Madrid (938 y 2,96 M€); Región de Murcia (719 y 6,32 M€); Navarra (1.712 y 5,06 M€); País Vasco (2.390 y casi 2,09 M€); La Rioja (308 y casi 1,68 M€), y Comunidad Valenciana (688 y 4,34 M€).

 

Nº titulares de explotaciones ganaderas

 

Por otro lado, la relación de los titulares de las explotaciones ganaderas que pueden optar a las ayudas, junto con el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a percibir, se encuentran disponibles para su consulta en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del FEGA.

Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles (desde el 5 al 18 de julio) para realizar alegaciones, que deberán presentarse exclusivamente a través del formulario de alegaciones de la Sede electrónica del FEGA.

Más información al respecto en la página web del FEGA, en el siguiente enlace:

 https://www.fega.gob.es/es/ayudas-excepcionales-productores-sectores-agrarios/ayudas-sectores-ganaderos

Por otro lado, el Ministerio de Agricultura presentó también a  consulta pública hasta el próximo martes 11 de julio el borrador de Orden Ministerial, por la que se establecerán los sectores agrícolas a los que se destinarán las ayudas extraordinarias establecidas en el RD-ley 4/2023, de 11 de mayo, con un presupuesto de 276,7 M€, al que se añaden 81 millones de la reserva agrícola de la PAC asignados a España.

Los fondos contemplados en este RD se destinarán a aliviar la situación de los agricultores con superficies de cultivos herbáceos de secano, de determinados cultivos industriales (tomate de industria y arroz) y de cereza del Valle del Jerte (Cáceres), que se vieron afectados por el efecto combinado del incremento de los costes de producción por la guerra en Ucrania y por el efecto del segundo año consecutivo de sequía.

Para los cultivos herbáceos de secano, el importe unitario de la ayuda se diferenciará por zonas. Así, la zona más amplia, en la que las reducciones de cosecha han sido más acusadas, los agricultores recibirán el importe unitario por hectárea completo de la ayuda.

Esta zona comprende las CC.AA. de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja, la Comunidad Valenciana y la provincia de Álava, en el País Vasco, así como las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y la comarca de Treviño (Burgos).

Por su parte, los agricultores de las provincias del Norte de Castilla y León (Zamora, León, Palencia, Valladolid, Burgos y Soria), en donde los efectos de la sequía han sido menos severos, según el MAPA, así como los de las Islas Baleares y las Islas Canarias, recibirán el 50 % del importe unitario por hectárea de la ayudas

En el caso de los cultivos industriales, tomate para industria y arroz, se prevé una ayuda para los productores que, excepcionalmente, no hayan podido realizar las siembras en 2023 en las tierras que tradicionalmente destinan a estos productos.

Estas ayudas directas, según el MAPA, pagarán de oficio, a los titulares de explotaciones agrarias que sean beneficiarios de las ayudas directas de la PAC correspondientes a la campaña 2023, cuyo plazo de presentación de solicitudes finalizó el pasado 30 de junio, sin que los beneficiarios tengan que realizar ningún tipo de gestión adicional.

Las ayudas, que estarán en todo caso limitadas a 300 hectáreas por beneficiario, se pagarán mediante transferencia directa, por parte del FEGA.

Igualmente, con cargo a los fondos habilitados en el mencionado RD-ley se transferirán 8 M€ a Extremadura, para que conceda pagos compensatorios a los productores de cereza del Valle del Jerte, afectados por una inusual concurrencia de fenómenos climáticas, cuyas consecuencias, de no mediar este apoyo, podrían ser irreparables, según el MAPA.

Los pagos se concederán a los agricultores de cereza, con un importe unitario completo para aquellos que hayan suscrito un seguro agrario y del 50 % para aquellos que no lo hubieran subscrito.

De esta forma, según el MAPA, se pretende promover entre los agricultores la contratación de esta forma de cobertura contra los riesgos climáticos.

Por otro lado, los 81 M€ de la Reserva agrícola de la PAC, asignados a España por la Comisión Europea, se destinarán a los productores de determinados cultivos leñosos para los que las condiciones de sequía afectaron en mayor medida en las fases críticas de su ciclo de desarrollo.

Se trata, en concreto, de los productores de fruta de hueso, fruta de pepita, frutos secos, frutas tropicales y cítricos.

Se establecerán dos zonas con importes diferenciados de ayuda por hectárea. Así, recibirán el importe unitario por hectárea completo los productores de las provincias de Almería, Granada, Málaga y Álava y de las CC.AA. de Aragón, Cataluña, Navarra y La Rioja.

Los productores del resto de las provincias de las CC.AA. de Andalucía, de Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y la Comunidad Valenciana, recibirán el 50 % del importe unitario de la ayuda.

Según el MAPA, estas ayudas se pagarán en forma de subvención directa por parte del FEGA, a los titulares de explotaciones agrarias, beneficiarios de las ayudas directas de la PAC de la campaña 2023, con un límite de 70 hectáreas por beneficiario, sin que los productores tengan que realizar ningún tipo de gestión adicional.

El pago de esta ayuda se realizará en el plazo que determine la normativa comunitaria.

El MAPA recuerda que el Gobierno ha desplegado, desde marzo de 2022, una batería de ayudas directas sin precedentes para hacer frente a las consecuencias de la guerra en Ucrania y de las adversidades climáticas que, en conjunto, suman 1.380,2 millones de euros (añadidos los 81 del fondo de reserva agrícola de la PAC).

Estas ayudas extraordinarias se suman también a las ayudas directas de la PAC, que reciben anualmente agricultores y ganaderos, por un valor aproximado de 4.800 millones de euros.

Adicionalmente, el MAPA señala también que Gobierno ha puesto a disposición del sector agrario en su conjunto otras medidas de apoyo de ámbito fiscal, como la reducción general del 25 % del rendimiento neto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los agricultores y ganaderos acogidos al régimen de estimación objetiva por módulos, o la reducción del impuesto aplicable al gasóleo agrícola.

Igualmente, añade, ha facilitado medidas de liquidez mediante préstamos avalados por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agracia (SAECA) a interés reducido y con subvención a parte del capital, así como incrementos en el presupuesto destinado a las subvenciones en los seguros agrarios y en las pólizas del seguro por sequía.

El MAPA recalca, por último, que las CC.AA. pueden, si lo estiman necesario, complementar con fondos propios las anteriores ayudas directas habilitadas por el Estado para apoyar a agricultores y ganaderos en los sectores anteriormente reseñados o en otros.

Consulta pública del proyecto de OM en:

https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/participacion-publica/proyecto_orden_ayudas_agricolas_ucrania_sequia.aspx

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