El Ministerio de Agricultura elevó a consulta pública hasta el próximo 11 de abril el proyecto de Orden por el que se crea la Mesa de Coordinación sobre Bienestar Animal y Protección de los Animales mantenidos con fines agrarios y para la acuicultura, como grupo de trabajo específico, que estará adscrita a la Dirección General de Producciones Agrarias y Mercados Agrarios de este departamento.
La finalidad del futuro proyecto es dar cumplimiento a la Disposición final tercera del Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, por el que se establecen disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales y otras actividades oficiales en materia de bienestar animal y protección de los animales, modificándose para ello hasta ocho reales decretos relacionados con este ámbito.
La finalidad del futuro proyecto es dar cumplimiento a la Disposición final tercera del Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, por el que se establecen disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales y otras actividades oficiales en materia de bienestar animal y protección de los animales, modificándose para ello hasta ocho reales decretos relacionados con este ámbito.
En España, la responsabilidad de organizar y de realizar los controles oficiales u otras actividades oficiales de los requisitos sobre el bienestar de los animales está atribuida a más de una autoridad competente, por lo que se hace necesario establecer mecanismos que aseguren una coordinación eficiente y eficaz entre las autoridades involucradas, la coherencia y la eficacia de los controles oficiales u otras actividades oficiales en todo el territorio nacional.
Dicha actividad ha venido siendo realizado por un grupo de trabajo que ahora el MAPA propone regular de forma concreta en su composición y características básicas del funcionamiento, de una forma similar a otras existentes en el Programa Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria, como son la Comisión Nacional de Coordinación en Materia de Alimentación Animal o la Mesa de Coordinación de la Agricultura Ecológica.
El citado RD 159/2023 establece la obligación, por parte de las CC.AA. y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, de designar un máximo de dos puntos de contacto a efectos de intercambio de información sobre los controles oficiales en bienestar animal.
Además, se extiende la obligación de disponer de un Plan de bienestar animal, exigible ya a las explotaciones porcinas y avícolas, al resto de explotaciones ganaderas en un plazo de cuatro años, con una serie de excepciones y salvedades, y se establece el Centro Nacional de Referencia de bienestar animal, designado por la DG de Producciones y Mercados Agrarios del MAPA y la Dirección Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria (AESAN), y que recayó temporalmente en el consorcio formado por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) y el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias (IRTA), liderado por este último.