El MAPA eleva a consulta pública hasta el 12-J cambios y ajustes técnicos en las normas de aplicación de la nueva PAC

El MAPA eleva a consulta pública hasta el 12-J cambios y ajustes técnicos en las normas de aplicación de la nueva PAC

El Ministerio de Agricultura ha elevado a consulta pública hasta el próximo 12 de julio una serie de modificaciones de diversos reales decretos para la aplicación en España de la Política Agrícola Común (PAC), con el fin de incorporar a los mismos ajustes técnicos necesarios, derivados de la experiencia adquirida en la gestión de la aplicación de la misma.

Según el MAPA, se trata de modificaciones que no alteran la estrategia de intervención de la Comisión Europea al aprobar el Plan Estratégico nacional de la PAC (PEPAC) y referidos a diversos aspectos de índole técnica, aclaraciones de procedimientos, conceptos, algunas de ellas correspondientes a elementos incluidos en la propuesta de modificación del PEPAC que, tras haber sido dictaminada por el Comité de Seguimiento y adoptada por la Conferencia Sectorial de Agricultura MAPA/CC.AA. será remitida a la Comisión Europea.

 

Según el MAPA, se trata de modificaciones que no alteran la estrategia de intervención de la Comisión Europea al aprobar el Plan Estratégico nacional de la PAC (PEPAC) y referidos a diversos aspectos de índole técnica, aclaraciones de procedimientos, conceptos, algunas de ellas correspondientes a elementos incluidos en la propuesta de modificación del PEPAC que, tras haber sido dictaminada por el Comité de Seguimiento y adoptada por la Conferencia Sectorial de Agricultura MAPA/CC.AA. será remitida a la Comisión Europea.

Entre otros cambios, se pretende flexibilizar las condiciones de acceso a la reserva nacional (RD 1045/2022 sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad) por el caso de agricultores que participen en programas de reestructuración, en el marco de una intervención pública legalmente regulada para evitar el abandono de tierras, permitiendo que hayan podido ser beneficiarios de algún caso de reserva nacional de pago básico durante el periodo anterior.

Asimismo, en el ámbito de las cesiones de derechos de ayuda básica a la renta (ABRS), se pretende ajustar la vigencia de los arrendamientos de derechos que no van acompañados de tierras a un año, con objeto de fomentar el resto de cesiones de derechos, en las que existe una mayor coherencia entre la propiedad de los derechos y el ejercicio de la actividad agraria de los cedentes y cesionarios que participan.

El MAPA considera necesario también completar o ajustar la redacción, o añadir nuevas definiciones que faciliten una mejor comprensión de la norma y aporten seguridad jurídica a los beneficiarios, especialmente en lo que se refiere a los requisitos de “agricultor activo”, “ecorregímenes” y las ayudas asociadas (RD 1048/2022 sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del PEPAC, y la regulación de la Solicitud Única del Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC).  Todo ello a la luz de la resolución de las consultas planteadas, materializadas en los documentos de preguntas más frecuentes  publicadas en la web del FEGA.

Al respecto, se considera conveniente ampliar el contenido de la Solicitud Única para completar la información necesaria tanto para el control de los requisitos, incluyendo la aportación de fotos geoetiquetadas, como el seguimiento de los grupos empresariales a los que pertenecen los beneficiarios.

Asimismo, se pretenden modificar  (RD 1049/22 por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y al condicionalidad social) determinados aspectos relativos a las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales de la tierra (BCAM), de acuerdo con las modificaciones que se incluirán en el PEPAC y que afectarán principalmente a la inclusión de determinadas excepciones a las BCAM 5 y 6 y la clarificación de los requisitos previstos en la BCAM 2, que se empezará a aplicar en 2024.

También se modificará lo contenido en el citado RD para mejorar la aplicabilidad de lo relativo a la condicionalidad social, que empezará a aplicarse también por primera vez en 2024.

En relación al RD 1054/2022, por el que se establece y regula el Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas y Ganaderas y de la producción agraria (SIEX), así como el Registro autonómica de explotaciones agrícolas (RIA) y el Cuaderno digital de explotación agrícola (CUE), el MAPA modificará el mismo para retrasar los plazos de entrada en vigor del CUE, manteniendo el calendario en el que las Administraciones públicas pondrán a disposición de todas las explotaciones los sistemas informáticos del citado cuaderno.

De esta forma, según el MAPA, se fomentará la utilización voluntaria de las herramientas por parte de aquellos operadores que se encuentran preparados para su utilización, permitiendo a su vez que el resto de operadores dispongan de un periodo suficiente para familiarizarse con las herramientas y preparase para su cumplimentación en la fecha que se establezca para su entrada en vigor. Todo ello, según este departamento, con el objeto de garantizar la adecuada implementación de esta nueva herramienta.

Este retraso de los plazos en la entrada en vigor del CUE, añade el MAPA, implica necesariamente un proceso para modificar el efecto del RD 1311/2012, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, modificado recientemente por le RD 1050/022, de 27 de diciembre.

El MAPA hará también ajustes técnicos necesarios, derivados de la experiencia adquirida en el desarrollo del SIEX, RIA y CUE, así como mejoras en el texto, a la luz de la resolución de las consultas planteadas, materializas en los documentos de preguntas más frecuentes publicadas en la web del FEGA para facilitar así una mejor comprensión de la norma y aporten seguridad jurídica a los titulares de las explotaciones agrarias.

También se prevé modificar para mejorar y clarificar aspectos técnicos en otras normas , a la luz de la experiencia adquirida, como las que regulan el reconocimiento y funcionamiento de las OP hortofrutícolas y las intervenciones sectoriales en este sector, en el vitivinícola y en el apícola, en cuestiones que afectan al correcto desarrollo del funcionamiento y la gestión de los distintos tipos de intervención, relacionados con los beneficiarios, el calendario de aplicación, los plazos de notificación y la corrección de erratas.

Estos cambios y ajustes se prevén introducir en el RD 14729023, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el PEPAC; en el RD 1051/2022, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios; en RD 532/2017, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores en el sector de frutas y hortalizas (OPFH); en el RD 857/2022, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las OPFH y de sus asociaciones en el marco de la intervención del PEPAC; del RD 905/2022, por el que se regula la intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del PEPAC, y el RD 906/2022, por el que se regula la intervención Sectorial Apícola en el marco del PEPAC.

Texto a consulta: Modifrrddpac_

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