El MAPA prepara una orden sobre la lista de frutas y hortalizas que no tendrán la obligación de presentarse a granel al consumidor
El Ministerio de Agricultura elevó a consulta pública previa hasta el próximo 12 de agosto el proyecto de Orden ministerial por la que se establecerá la lista de frutas y hortalizas frescas, que puedan comercializarse enteras y envasadas, exceptuadas de la obligación de ser presentadas para su comercialización a granel en la venta en el comercio minorista en lotes de menos de 1,5 kilos.
La normativa sobre envases y residuos de envases (Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre) establece en su artículo 7.4 a) que los comercios minoristas de alimentación adoptarán las medidas necesarias para presentar a granel aquellas frutas y verduras frescas que se comercialicen enteras.
Sin embargo, esta obligación no se aplica a las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kilos o más, ni a las que se envasen bajo una variedad protegida o registrada o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica, así como a las que presentan un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel.
Estas frutas y hortalizas, exceptuadas por presentar un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel, deberán ser determinadas por orden del MAPA, en coordinación con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miterd) y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).
Por tanto, el objetivo de la Orden es determinar qué productos quedarán exceptuados de esa obligación por presentar un riesgo de deterioro o merma si se venden a granel.
En particular, los elementos fundamentales que plantea la regulación son, por un lado, establecer el listado de frutas y hortalizas concretas que quedan exceptuadas de la obligación de ser presentadas a granel cuando se comercialicen frescas y enteras en el comercio minorista de alimentación, por presentar un riesgo de deterioro o merma.
Por otro, establecer el listado de aquellas frutas y hortalizas en las que se permitirá el empleo de cuerdas, cintas, gomas u otros sistemas de sujeción, con la única finalidad de permitir su venta agrupadas en forma de manojos o atadillos.
Se trata de reducir la producción de residuos de envases plásticos no necesarios
El MAPA recuerda que, con fecha 28 de diciembre de 2022, se publicó en el BOE el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, cuyo objeto es establecer el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el objetivo de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.
A tal fin, esta RD establece medidas destinadas, como primera prioridad, a la prevención de la producción de residuos de envases y, atendiendo a otros principios fundamentales, a la reutilización de envases, al reciclado y otras formas de valorización de residuos de envases y, por tanto, a la reducción de la eliminación final de dichos residuos, incluido la presencia de residuos de envases en la basura dispersa, con el objeto de contribuir a la transición hacia una economía circular.
En concreto, para lograr el objetivo prioritario de evitar la generación de residuos de envases, el RD contempla en su artículo 7 una serie de medidas de prevención y, en particular, en el apartado a) del punto 4, establece que los comercios minoristas de alimentación adoptarán las medidas necesarias para presentar a granel aquellas frutas y verduras frescas que se comercialicen enteras.
Esta obligación, como se ha dicho, no se aplicará a las frutas y hortalizas en lotes de 1,5 kilos o más, ni a las envasadas bajo una variedad protegida o registrada, cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica, o presenten algún riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel.
Los distintos operadores (organizaciones y asociaciones) del sector hortofrutícola y cualquier otro ciudadano podrán presentar sus observaciones, consideraciones u opiniones al respecto sobre esta consulta pública hasta el próximo 12 de agosto, cumplimentadas en el cuadro incluido a tal efecto (Anexo: Cuadro para el envío de observaciones), que deberá dirigirse al siguiente buzón de correo electrónico: bzn-omffhh@mapa.es