El MAPA ultima subvenciones directas para las explotaciones afectadas por la Viruela Ovina y Caprina

El MAPA ultima subvenciones directas para las explotaciones afectadas por la Viruela Ovina y Caprina

El Ministerio de Agricultura elevó a consulta pública hasta el próximo 1 de febrero el proyecto de real decreto, que establece las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones para la repoblación de las explotaciones, en caso de vaciado sanitario en ovino y caprino por medidas de emergencia ante la viruela ovina y caprina (VOC).

A pesar de que la situación de esta enfermedad, los últimos focos en las provincias andaluzas de Granada y Almería se detectaron en el mes de noviembre pasado, manteniendo en la actualidad ya ambas provincias el estatus de libre de VOC.

 

A pesar de que la situación de esta enfermedad, los últimos focos en las provincias andaluzas de Granada y Almería se detectaron en el mes de noviembre pasado, manteniendo en la actualidad ya ambas provincias el estatus de libre de VOC.

En cambio, en la provincia de Cuenca, los Servicios Veterinarios Oficiales (SOV) de la Junta de Castilla-La Mancha mantienen una vigilancia intensificada sobre la VOC en las explotaciones de ovino localizadas en los dos últimos focos de la enfermedad en noviembre pasado, lo que permitió detectar dos nuevos focos en sendas explotaciones de producción de ovino de leche, con censos de 1.359 ovejas y 311 cabras en La Alberca de Záncara y de 3.555 ovejas en la de Tébar.

De acuerdo a la normativa comunitaria, una vez que se convoque la ayuda por las CC.AA. afectadas por la VOC, podrán acogerse a la misma los titulares de las explotaciones de ovino y caprino de aptitud láctea y cárnica que realicen la repoblación por vaciado sanitario desde la publicación de la convocatoria, y aquellas que lo llevaron a cabo dentro de los tres años anteriores.

Estas subvenciones deberán pagarse en el plazo que prevea la normativa autonómica aplicable que, en todo caso, no podrá ser superior a 4 años a partir de la fecha de la repoblación.

El real decreto establece las condiciones que deberán cumplir los beneficiarios de estas subvenciones directas, cuya cuantía máxima será la resultante de restar al coste total de adquisición o arrendamiento con opción de compra de los animales, las cuantías percibidas en concepto de indemnizaciones por el sacrificio obligatorio de los animales, y el del correspondiente seguro en caso de cubrir la póliza el mismo objeto y finalidad que el de las subvenciones reguladas en este real decreto.

Una vez establecida la cuantía máxima de la ayuda, ésta se limitará al valor del 100% del mismo número de los animales introducidos en la explotación. A estos efectos, para determinar el valor de dichos animales podrá acudirse a los valores límites máximos sobre el valor unitario, en función del tipo de animal y edad en meses, que estén disponibles en bases de datos o publicaciones oficiales del MAPA, o a los precios de subastas o facturas de compra.

En todo caso, el importe máximo por explotación será de 500.000 euros.

El Estado, a través del Ministerio de Agricultura, podrá subvencionar hasta el 50%, en función de las disponibilidades presupuestarias, del gasto previsto o realizado por las dos CC.AA. afectadas.

La VOC se ha detectado en un total de 25 explotaciones de ovino y caprino hasta la fecha

Hasta la fecha se han confirmado en nuestro país, un total de 25 focos de esta enfermedad, de los cuales 12 se localizaron en municipios de la provincia de Granada, uno en la provincia de Almería y 12 más en la provincia de Cuenca.

Por el momento, se mantiene una zona de restricción adicional en ocho comarcas de Castilla-La Mancha hasta el próximo 16 de febrero, como garantía para asegurar la ausencia de circulación viral en la zona. De hecho, los dos nuevos focos detectados se encuentran dentro de esta zona.

Las autoridades sanitarias de Castilla-La Mancha adoptaron de forma inmediata las medidas de control contempladas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/687, de la Comisión, que incluyen el sacrificio de los animales, eliminación de los cadáveres en planta de transformación, limpieza y desinfección oficial de la explotación, establecimiento de una zona de protección de 3 km y una de vigilancia de 10 km, con refuerzo de las medidas de bioseguridad y vigilancia e la explotación, así como la aplicación de medidas de restricción de animales y productos, y la investigación epidemiológica para tratar de identificar el origen del virus, aún bajo estudio, así como los posibles contactos de riesgo que se hayan podido dar, entre otras

La VOC es una enfermedad no zoonótica, que afecta exclusivamente a las especies ovina y caprina, sin que en ningún caso pueda transmitirse al ser humano, ni por contacto directo con los animales, ni a través de productos derivados del mismo.

Archivo adjunto proyecto de RD: AQUÍ

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