La Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) ha publicitado la imposición por parte del Ministerio de Agricultura de 54 nuevas sanciones a 47 empresas del sector agroalimentario por importe total de 169.679,57 euros.
En este 2023, las sanciones firmes impuestas en vía administrativa y/o judicial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 bis de la Ley 12/2013, de 2 de agosto de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria ascendería a cerca de 376.000 euros.
En este 2023, las sanciones firmes impuestas en vía administrativa y/o judicial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 bis de la Ley 12/2013, de 2 de agosto de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria ascendería a cerca de 376.000 euros.
En lo que llevamos de primer mes del cuarto trimestre del año, la principal sanción impuesta en firme es de 46.770 euros a la empresa agroalimentaria Calaoliva, que tendrá que abonar al Tesoro Público, unos 43.769 euros por el incumplimiento de los plazos de pago, más otros 3.001 euros por no formalizar por escrito los contratos alimentarios.
Otras empresas sancionadas son Aceitunas Merino (6.000 euros por no formalizar contratos por escrito y por no cumplir plazos de pago); Bodegas Las Copas (5.899,29 euros por incumplimiento de plazos de pago); Compoagri (6.943,68 euros por no formalizar por escrito contratos alimentarios y por incumplir plazos de pago); Movialsa (5.867,90 € por incumplimiento de plazos y por no formalizar contratos por escrito); Vegenat (6.089,22 € por incumplir plazos de pago); Patatas Hijolusa (3.601,12 € por los mismos motivos anteriores); Patatas Meléndez (3.001 € por incumplir plazos de pago);Bodegas Martínez Lacuesta (1.800,60 € por incumplimiento de plazos de pago), Covirán (1.800,60 € por incumplir plazos de pago); Dcoop SCA (1.800,60 € por incumplir plazos de pago, etc. (ver listado pdf adjunto).
Las sanciones publicitadas por la AICA desde principios de 2014, en que se puso en marcha la Agencia, hasta la fecha por incumplir diversos preceptos de la Ley de la Cadena Alimentaria sumarían ya en torno a los 14,4 millones de euros.
La Ley de la Cadena contempla la publicidad de las resoluciones sancionadoras firmes en materia de contratación alimentaria
El apartado 6 del artículo 1 del Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, aprobado por la Ley 8/2020, de 16 de diciembre, por la que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, introdujo un nuevo artículo 24 bis relativo a la publicidad de las resoluciones sancionadoras en materia de contratación alimentaria en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria con el siguiente contenido:
“Artículo 24 bis relativo a la publicidad de las resoluciones sancionadoras en materia de contratación alimentaria.
Posteriormente, la Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria modificó la redacción del artículo 24 bis de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, siendo actualmente la redacción vigente:
Artículo 24 bis. Publicidad de las resoluciones sancionadoras en materia de contratación alimentaria.
“1. La Administración pública competente para la imposición de las sanciones publicará, con carácter trimestral, las sanciones impuestas por infracciones graves y muy graves en materia de contratación alimentaria que hayan adquirido firmeza en vía administrativa o, en caso de haberse interpuesto recurso contencioso-administrativo, en vía judicial. En la publicidad de las mismas se incluirá la identificación del infractor, la sanción impuesta y la infracción sancionada. En el caso de las sanciones que imponga la Administración General del Estado, esta publicidad se dará por medio de la página web de la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar funcionamiento de la cadena alimentaria, corresponde a la Administración General del Estado la competencia sancionadora en los supuestos previstos en dicho precepto, pudiendo imponer las sanciones previstas en el artículo 24 de la citada ley.
En el ejercicio de dicha competencia sancionadora y de conformidad con lo establecido en el artículo 24 bis de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, AICA, O.A. publica en su página web las sanciones impuestas por infracciones graves y muy graves por la Administración General del Estado desde la fecha en que tales sanciones sean firmes en vía administrativa o en vía contencioso-administrativa.
En cumplimiento de esta obligación, a continuación, se da publicidad de forma trimestral a las sanciones impuestas por la Administración General del Estado, con expresa indicación del infractor, la sanción impuesta y la infracción sancionada.
Listado AICA: PUBLICIDAD_DE_SANCIONES_04_CUARTO_TRIMESTRE_2023