El secretario general de Agricultura y Alimentación del MAPA, Fernando Miranda, anunció a las organizaciones profesionales agrarias el pasado 22 de junio que la implantación del denominado Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE) se retrasará un año como mínimo, tras la demanda que venía realizando el propio sector y algunas CC.AA., como Andalucía, que pidió un aplazamiento hasta 2026, que es la fecha que la propia Comisión Europea contempla como obligatoria.
Aunque aún no se ha hecho el anuncio oficial, no se prevé ya que puedan entrar en vigor las primeras obligaciones el próximo 1 de septiembre para las explotaciones grandes o más intensivas, como se preveía en el Real Decreto-ley 4/2023 sobre medidas para afrontar la sequía, publicado el pasado mes de mayo, que fijaba un escalonamiento en cuatro fases de la implantación de esta herramienta digital respecto a las fechas decididas inicialmente.
Aunque aún no se ha hecho el anuncio oficial, no se prevé ya que puedan entrar en vigor las primeras obligaciones el próximo 1 de septiembre para las explotaciones grandes o más intensivas, como se preveía en el Real Decreto-ley 4/2023 sobre medidas para afrontar la sequía, publicado el pasado mes de mayo, que fijaba un escalonamiento en cuatro fases de la implantación de esta herramienta digital respecto a las fechas decididas inicialmente.
Este retraso en principio de un año hará que las primeras anotaciones no se tendrían que realizar hasta el 1 de septiembre de 2024, comienzo de la campaña agrícola de la PAC 2025. Si se mantiene lo dispuesto, el titular de explotación deberá anotar solo a partir de esa fecha las anotaciones de los ecorregímenes, en caso de solicitarlos de tierras de cultivo de regadío: rotación con cultivos mejorantes/siembra directa, anotando las aplicaciones de fertilización, y cultivos leñosos: cubiertas vegetales/inertes, anotando para ambas la fecha de establecimiento, anchura de la cubierta y la anchura libre de proyección de copa y para cubiertas vegetales, anotar el tipo de mantenimiento que realiza sobre la cubierta.
Sería luego, en el caso de las explotaciones grandes e intensivas, el 1 de enero de 2025, la fecha a partir de la cual debería cumplimentarse en el CUE el resto de información establecida por la normativa. Es decir, tratamientos fitosanitarios, resto de información exigida para las ayudas PAC y aplicación de fertilizantes, incluyendo fertirrigación).
En el caso de las explotaciones pequeñas, sería lo mismo, pero con retraso de un año más, de manera que las primeras anotaciones referidas a los ecorregímenes, tendrían que empezar a anotarse a partir del 1 de septiembre de 2025, campaña agrícola de la PAC 2026. Y luego, el resto de las anotaciones exigidas a partir del 1 de septiembre de 2026.
De acuerdo al tamaño de la explotación agraria, se consideran grandes aquéllas que superen las 30 hectáreas de tierra de cultivo o 30 ha de pastos permanentes o 10 ha de cultivos permanentes. También aquellas que, sobre el total de la superficie agraria, tengan más de 5 ha de regadío o que dispongan de alguna parcela de invernadero.
Por otro lado, el MAPA introdujo algunas aclaraciones sobre la exigencia de disponer de un plan de abonado, que va a depender también de la tipología y de las ayudas solicitadas, recordando que la normativa obliga a que ya desde 2023 todos los beneficiarios de los ecorregímenes, que incluyen entre sus requisitos de subvencionalidad una gestión sostenible de insumos (rotación de cultivos mejorantes/siembra directa en tierras de cultivo de regadío, así como Espacios de biodiversidad en cultivos bajo agua) tanto en explotaciones grandes, como pequeñas, deben contar con un plan de abonado.
Es de suponer que las anotaciones que eran necesarias de incluir en el CUE a partir del 1 de enero de 2024 para las explotaciones grandes que soliciten ecorregímenes que exigen la gestión sostenible de insumos, se retrasen también un año.