El secretario general de Agricultura y Alimentación, Carlos Cabanas, afirmó en el Congreso de los Diputados que el Gobierno presentó una demanda ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para tratar de reducir o anular la multa impuesta por la Comisión Europea a Andalucía, por la corrección financiera derivada de los problemas en la admisibilidad de las superficies de pastos en las ayudas agrícolas europeas de la PAC entre 2009 y 2013. Una demanda que se basa en la desproporcionalidad de la sanción.
El Mapama espera que el Tribunal de Justicia de la UE reduzca o anule las sanciones impuestas a los pastos
Por ello, añadió, la decisión del Tribunal Supremo de paralizar la decisión del Gobierno de que esta Comunidad, lo mismo que otras, sean las responsables de abonar la sanción por pastos, es una medida cautelar y no supone dar la razón a la Junta de Andalucía.
Uno de los motivos por las que el Tribunal Supremo ha aceptado la petición de medidas cautelares, recalcó Cabanas, es que está pendiente la resolución de la demanda ante el Tribunal de Justicia europeo.
La decisión del Gobierno de que la multa debía ser abonada al 100% por las autoridades competentes en el control de las superficies de pastos, fue adoptada mediante acuerdo de Consejo de Ministros del pasado 17 de febrero de 2017, y recurrida por la Comunidad de Andalucía por vía contencioso-administrativa.
Por tanto, aclaró Cabanas, las medidas cautelares aprobadas por el Tribunal Supremo, cuyo efecto práctico es que ha quedado suspendido el pago por parte de la Comunidad Autónoma a la Administración General del Estado de los importes establecidos al efecto en el acuerdo de Consejo de Ministros, estarán en vigor hasta que recaiga sentencia firme que ponga fin al procedimiento.
Una vez se publique la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, añadió, veremos cómo influye la misma en el procedimiento abierto ante el Supremo.
El secretario general también subrayó que si las CC.AA. afectadas por esta multa, incluida Andalucía, hubiesen actuado igual que las 5 Comunidades que sí establecieron, desde 2008, un coeficiente de admisibilidad en las superficies de pastos permanentes, denominado CAP, siguiendo las recomendaciones del Ministerio, no hubiera habido sanción.
Por último, Cabanas apuntó que, si finalmente no se consigue reducir la multa en el Tribunal de Justicia de Luxemburgo, el Gobierno, no tendrá nuevos elementos para cambiar su posicionamiento, manteniéndose la consideración de que las CCAA deberán asumir su responsabilidad y proceder al pago de la sanción citada por incumplir con el CAP.