El Ministerio de Agricultura ha elevado a consulta pública el proyecto de real decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas.
El MAPA ultima un RD sobre normas básicas de ordenación de granjas de porcino de cría intensiva
En concreto, la nueva normativa fijará las normas básicas para la ordenación zootécnica y sanitaria de las granjas porcinas en régimen de cría intensiva, en cuanto se refiere a la capacidad máxima productiva, las condiciones mínimas de infraestructura, equipamiento y manejo, ubicación, bioseguridad y condiciones higiénico-sanitarias y requisitos medioambientales, que permitan un eficaz y correcto desarrollo de las actividades ganaderas en el sector porcino, conforme a la normativa vigente en materia de higiene, sanidad animal, identificación y registro, bienestar de los animales y medio ambiente.
La nueva norma modificará y revisará en profundidad los pilares del vigente RD 324/2000, de 3 de marzo, como son la sanidad animal y la gestión ambiental de las granjas, adecuándolo a la evolución de los retos económicos, sociales y medioambientales de esta producción ganadera en la actualidad, cuya realidad está en constante evolución, en línea con la evolución del marco legislativo en materia zootécnica, sanitaria y ambiental.
En concreto, dentro de los retos de un sector moderno y heterogéneo, como el MAPA califica al de ganado porcino de cría intensiva, España debe incorporar compromisos de reducción de amoniaco y otros gases contaminantes y otras partículas volátiles, tal y como exigen la normativa europea “ad hoc”.
El MAPA considera que el sector porcino español de cría intensiva “debe contar con un marco de ordenación para construir una estrategia de desarrollo para las próximas décadas, que le permita posicionarse en los mercados mundiales, reducir los riesgos asociados a la internacionalización e integrar los retos sociales y medioambientales que demanda la sociedad.”
El futuro RD incluye una nueva definición del ámbito de aplicación a todas las granjas que, en régimen intensivo, alojen animales de la familia suidae, salvo para las granjas de pequeña dimensión o autoconsumo; se incorporan las definiciones aplicables según las condiciones, recogidas en la normativa española y comunitaria, zootécnicas y genealógicas para la cría, comercio y entrada en la Unión de animales reproductivos de raza pura, porcinos reproductores híbridos y material reproductivo.
Se plantea también una clasificación de las granjas en función de los aspectos desarrollados por el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), incorporando tanto los tipos de granja, como una clasificación zootécnica que recoja y actualice la realidad cambiante de este sector.
También se pone énfasis en las condiciones de las granjas para garantizar un nivel mínimo de bioseguridad, con niveles progresivos de protección según la dimensión de las mismas y en el ámbito medioambiental se incorpora un programa de reducción de emisiones, aplicable a todas las granjas a partir de una determinada dimensión media, a través de la implementación obligatoria de Mejoras Técnicas Disponibles (Mods), etcétera.
Texto pdf del proyecto Real Decreto del MAPA: ProyRDnormasPorcinas