Otros 2.302 beneficiarios de ayudas extraordinarias por 4,9 M€ en cultivos de secano, arroz y tomate industrial
El Ministerio de Agricultura publicó un segundo listado provisional con 2.302 titulares de explotaciones agrícolas, productores en tierras de cultivo de secano, arroz y tomate de industria, que podrán recibir la ayuda extraordinaria de Estado para compensar las dificultades debidas a la sequía y a las consecuencias de la guerra en Ucrania, por un importe máximo estimado de 4,9 millones de euros.
El importe abonado hasta el momento por el Gobierno por esta ayuda de Estado, aprobada mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo. se eleva a 264 M€ en beneficio de 135.137 agricultores.
El listado de potenciales beneficiarios publicado ahora completa el de la resolución provisional del mes de febrero de 2024, una vez que las CC.AA. concluyeron sus controles de la Política Agraria Común (PAC), correspondiente a la campaña 2023, y que han comunicado de oficio al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) aquellos titulares que, no habiendo podido aparecer en la resolución de febrero, ahora cumplen con los requisitos de la ayuda establecidos.
La relación provisional de titulares de explotaciones agrícolas que pueden optar a las ayudas, junto con el número de hectáreas elegibles de tierras de cultivo de secano, de arroz y de tomate para industria y la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el tablón de anuncios de la sede electrónica del FEGA.
La distribución estimada por CC.AA. de esta ayuda de Estado extraordinaria es la siguiente:
Comunidad Autónoma |
Nº titulares estimados |
Importe máximo
estimado (€) |
Andalucía | 490 | 844.320 |
Aragón | 279 | 554.760 |
Islas Baleares | 56 | 40.729 |
Castilla-La Mancha | 637 | 1.829.780 |
Castilla y León | 47 | 119.487 |
Cataluña | 18 | 26.527 |
Extremadura | 384 | 750.279 |
Madrid | 52 | 193.363 |
Murcia | 135 | 230.763 |
Navarra | 47 | 142.738 |
País Vasco | 3 | 2.517 |
La Rioja | 47 | 51.351 |
C. Valenciana | 107 | 126.531 |
TOTAL | 2.302 | 4.913.145 |
Nota: las ayudas se asignan a la CA en la que se gestiona la solicitud única de la PAC 2023.
Según el FEGA, los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles (desde el 5 de julio al 18 de julio, inclusive) para realizar alegaciones de rechazo de la ayuda, oposición a la consulta de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social (que tendrá el mismo efecto que el rechazo de la ayuda), o los errores, omisiones u otras circunstancias que estimen convenientes. Las alegaciones deberán presentarse exclusivamente a través de formulario en la sede electrónica del FEGA.
Más información en este enlace.