El Reglamento de Ejecución (UE) 2023, publicado el pasado viernes en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) permitirá incrementar los anticipos de las ayudas de la PAC de la campaña 2023, que podrán alcanzar hasta el 70% por ciento en las ayudas directas.
El anticipo de estos pagos directos de la campaña PAC 2023 comenzará a abonarse a partir del próximo 16 de octubre a los agricultores y ganaderos que presentaron su Solicitud Única de ayudas en esta campaña.
El anticipo de estos pagos directos de la campaña PAC 2023 comenzará a abonarse a partir del próximo 16 de octubre a los agricultores y ganaderos que presentaron su Solicitud Única de ayudas en esta campaña.
Como es habitual, serán las CC.AA., como autoridades competentes en la gestión de la PAC, las que decidirán qué líneas de ayudas se podrán conceder en forma de anticipos y bajo qué calendario, porque el reglamento permite, pero no obliga a que esos abonos se realicen a partir de la fecha que permite la Comisión Europea.
Desde el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) se recuerda, no obstante, que el pago de anticipos está condicionado a la realización previa de las comprobaciones administrativas y de los controles obligatorios para garantizar que no existe ningún riesgo de uso indebido de los fondos europeos.
Esto conlleva que, por ejemplo, algunas ayudas que requieren controles en momentos más avanzados de la campaña, no puedan ser objeto de del pago anticipado, como son los casos del pago específico al cultivo del algodón y de las ayudas asociadas al engorde de animales de vacuno de carne.
Los anticipos de las ayudas directas, que podrán concederse en la actual campaña PAC 2023, entre el 16 de octubre y el 30 de noviembre próximo son los relativos a la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (ABRS) y sus pagos complementarios (pago redistributivo y suplemento de pago a jóvenes agricultores); los denominados «ecorregímenes», que son la principal novedad, y las ayudas asociadas por superficie y por animales, excepto como se ha indicado el pago al algodón y el engorde de terneros.
En cuanto a las ayudas directas, que no hayan sido pagadas en este periodo anticipado, deberán abonarse en el periodo habitual entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de junio de 2024.
El DOUE publicó también ese mismo día el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1509, que permite los anticipos hasta el 85% de las medidas de Desarrollo Rural relacionadas con la superficie y los animales, aunque este tipo de ayudas no suelen anticiparse en nuestro país.
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32023R1508
Texto Desarrollo Rural: CELEX_32023R1509_ES_TXT