Este 1 de marzo se inicia el periodo de presentación de los expedientes de la Solicitud Única de la nueva PAC 2023, cuyo plazo llegará hasta el próximo 31 de mayo, con posibilidad de incluir modificaciones de última hora hasta el 15 de junio.
Según el Ministerio de Agricultura, alrededor de 650.000 agricultores podrán presentar ya la Solicitud Única de ayudas directas, cuyo importe total es de 4.875 M€, correspondientes a la primera campaña en la que se aplica el Plan Estratégico nacional de la PAC (PEPAC) 2023-2027, se podrán abonar en forma de anticipos de al menos el 50% a partir del 16 de octubre, y completar el saldo a partir del 1 de diciembre de 2023.
Según el Ministerio de Agricultura, alrededor de 650.000 agricultores podrán presentar ya la Solicitud Única de ayudas directas, cuyo importe total es de 4.875 M€, correspondientes a la primera campaña en la que se aplica el Plan Estratégico nacional de la PAC (PEPAC) 2023-2027, se podrán abonar en forma de anticipos de al menos el 50% a partir del 16 de octubre, y completar el saldo a partir del 1 de diciembre de 2023.
Más en concreto, el MAPA señala que el plazo para la presentación de solicitudes es de tres meses y permanecerá abierto hasta el próximo 31 de mayo, sin que la normativa contemple posibles prórrogas para esta campaña.
Una vez finalizado este plazo, los agricultores podrán presentar una modificación de su solicitud, entre el 1 y el 15 de junio, en el que podrán indicar los posibles cambios que se hayan producido en su plan de siembra.
En todo caso, si los controles administrativos y por monitorización detectaran alguna información errónea, los agricultores y ganaderos podrán de nuevo adaptar sus solicitudes hasta el 31 de agosto, sin sufrir ninguna penalización.
Como en campañas anteriores, la Solicitud Única debe dirigirse a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de su superficie. Y, en caso de no disponer de superficie, se presentará en aquélla en la que se encuentre el mayor número de animales.
¿Qué tipos de ayudas directas podrán solicitarse en la PAC 2023?
El Real Decreto 1048/2022, publicado el 29 de diciembre, recoge las diferentes ayudas directas que se pueden solicitar, los requisitos necesarios para poder optar a cada una de ellas, así como la información mínima que agricultores y ganaderos deben aportar en sus solicitudes.
Las ayudas que se pueden solicitar en 2023 son las siguientes:
En los regímenes de ayuda desacoplados: la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (ABRS); la ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, y la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores.
En los regímenes en favor del clima y el medio ambiente (9 ecorregímenes), de adscripción voluntaria para agricultores y ganaderos, que incluye en Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Húmedos; pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Mediterráneos; rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano; rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo; rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de regadío. En Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos; cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media, y cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales; y en Agroecología: Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
En los regímenes específicos de ayudas por superficie, el pago específico al cultivo del algodón, y en la Ayuda a la renta asociada a cultivos: ayuda a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan proteico; ayuda a la producción sostenible de arroz; ayuda a la producción sostenible de remolacha azucarera; ayuda a la producción sostenible de tomate para transformación; ayuda a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación; ayuda a la producción tradicional de uva pasa, y ayuda al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental. A ganadería: ayuda para los ganaderos extensivos de vacuno de carne; ayuda para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento; ayuda para el engorde sostenible de terneros; ayuda para la producción sostenible de leche de vaca; ayuda para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne; ayuda para la producción sostenible de leche de oveja y cabra, y ayuda para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas.
Abierto el plazo para solicitar determinadas ayudas por superficie de Desarrollo Rural
Asimismo, desde el 1 de marzo queda abierto el plazo para la presentación de las solicitudes de pago de las intervenciones de los programas de Desarrollo Rural de las CC.AA. incluidas en el ámbito del Sistema Integrado de Gestión y Control (básicamente ayudas por superficie y ayudas ganaderas).
En determinadas CC.AA. también se incluye en la Solicitud Única la solicitud de las intervenciones para el establecimiento de jóvenes agricultores y nuevos agricultores y la puesta en marcha de nuevas empresas rurales.
Igualmente, podrá realizarse la comunicación de cesión de derechos de Ayuda Básica a la Renta (ABRS) y la solicitud de derechos para la Reserva Nacional de dicha ayuda. Respecto a las cesiones, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha habilitado en su página web un nuevo enlace, donde se puede consultar la información relativa a los derechos provisionales de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, asignados a cada productor.
Por otro lado, a partir de esta campaña 2023 pueden acceder a la Reserva Nacional de ABRS, no solo los jóvenes agricultores y aquellos productores que se incorporan a la actividad agraria, sino también los agricultores en desventaja y los responsables de explotaciones que participen en programas de reestructuración, cuyo objetivo sea evitar el abandono de tierras, en el marco de una intervención pública.
Para facilitar la cumplimentación de la Solicitud Única y teniendo en cuenta que todos los solicitantes deben presentar la denominada “declaración gráfica” de todas las parcelas agrícolas de la explotación, de acuerdo con el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), el MAPA pone la información necesaria a disposición de los solicitantes mediante el acceso a este sistema, a través de su página web y de la del FEGA, así como de las correspondientes comunidades autónomas.
Asimismo, el Ministerio, a través del FEGA, pone a disposición de las CC.AA. una herramienta informática denominada Sistema de Gestión de Ayudas (SGA), que permite la cumplimentación y tramitación de las Solicitudes únicas, y a la que en la actualidad se encuentran adheridas Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja y Comunidad Valenciana.
El resto de CC.AA. han desarrollado sus propios sistemas informáticos para esta misma finalidad.
Por último y de igual forma, en este enlace a la página web del FEGA se pueden consultar una serie de notas técnicas sobre los diferentes regímenes de ayuda incluidos en la Solicitud Única, en las que se incluyen las novedades de la campaña 2023, así como documentos que recogen las preguntas más frecuentes.