Sobre la propuesta de la CE para un nuevo reglamento de fertilizantes
Victoria Cadahía Bielza. Directora técnica de la Asociación Española de Fabricantes de Agronutrientes, AEFA
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones relativas a la comercialización de los productos fertilizantes con el marcado CE y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1069/2009 y (CE) n.º 1107/2009.
La Comisión Europea ha publicado recientemente la propuesta de un nuevo Reglamento de Fertilizantes que llevarán el marcado CE y que será aplicable a partir del 1 de enero de 2018. El sector de la industria europea celebra esta iniciativa fundamentada en el libre comercio en la Unión.
Se lleva trabajando desde la Comisión Europea en este proyecto desde el 2011 y en los últimos meses ha sido impulsado por la nueva DG Grow dentro del Paquete de la economía circular. El borrador propuesto del Reglamento UE para armonizar todos los Fertilizantes en Europa, que contempla también a los Bioestimulantes incluyendo microorganismos, es un proyecto legislativo bastante avanzado, riguroso, con ideas innovadoras para su desarrollo e implementación en la UE y flexible en ciertos aspectos para los estados miembros y la industria.
AEFA ha participado activamente todos estos años y lo sigue haciendo, en el grupo de trabajo europeo Fertiliser Working Group de la CE, en la preparación de esta normativa.
El objetivo principal de este futuro Reglamento es eliminar las barreras comerciales entre los estados miembros y permitir el intercambio y el uso de fertilizantes armonizados, sin obstáculos técnicos para el libre comercio. Asimismo, se considera una de las propuestas legislativas clave del plan de acción para la economía circular, para incentivar en la UE la producción de fertilizantes a partir de materias primas orgánicas o secundarias no importadas.
Dentro del marco de la economía circular, se contempla en este proyecto, la valorización de materias primas secundarias, bioresiduos, subproductos y digeridos producidos en la UE, para su utilización como fertilizantes, y favorecer el autoabastecimiento europeo en el escenario de una agricultura sostenible.
Se recogen fundamentalmente en el texto, los procedimientos y requisitos para la comercialización de los fertilizantes tipificados con marcado CE, estableciendo también procedimientos para la incorporación futura de nuevos tipos y productos. Así, se impulsa la investigación e innovación de productos como los bioestimulantes y aditivos agronómicos, necesarios en una agricultura moderna cada vez más exigente.
Este futuro Reglamento derogará el actual Reglamento 2003/2003 de Abonos CE, pero permitirá que esos fertilizantes ya armonizados permanezcan en el mercado si cumplen los nuevos requisitos de seguridad y calidad, con un plazo transitorio para su adaptación.
Conviene recordar que el objetivo de los Fertilizantes es favorecer la agricultura logrando mayores y mejores producciones, con cultivos sanos y cosechas de calidad. La protección de los consumidores, de los suelos y del medio ambiente, es también objetivo primordial de la CE. Por eso, los productos agronutricionales deben ser seguros y sin residuos inaceptables. Todos estos aspectos quedan reflejados en el nuevo Reglamento.
En esta propuesta del Reglamento de fertilizantes, queda bien delimitado el ámbito de aplicación a los productos que aportan nutrientes o favorecen su disponibilidad por las plantas, se recapitulan las definiciones y términos fundamentales, se incorporan nuevos conceptos, se amplían las categorías de materias primas admitidas para la elaboración de los fertilizantes y se da valor sustancial al uso-función.
El título de este proyecto de Reglamento se refiere a las modificaciones que se requieren del Reglamento 1069/2009 SANDACH, sobre el punto final a ser admitido para Fertilizantes, y a las modificaciones del Reglamento 1107/2009 de Fitosanitarios, sobre su ámbito y definición, para dejar cabida en consecuencia, en Fertilizantes, a otros productos que favorecen la asimilación de nutrientes por las plantas.
En lo referente a los aspectos administrativos, las competencias de los estados miembros y responsabilidades de los operadores, esta propuesta de Reglamento ofrece una aproximación de reducción de los costes y de las cargas administrativas para todas las partes implicadas, evitando duplicidades, acortando los plazos de las homologaciones, favoreciendo el libre mercado y dejando en la responsabilidad del fabricante, lo relativo a la calidad y efectividad de los productos con marcado CE, de acuerdo a los requisitos del Reglamento.
Los estados miembros se ocuparán, no obstante, de la vigilancia del mercado. Se harán controles también de los productos procedentes de terceros países.
Las medidas de armonización de productos con marcado CE, no impiden que los abonos no armonizados se comercialicen en el mercado interior de la Unión, de conformidad con la legislación nacional de un Estado miembro.
Oteando sobre el texto, el cuerpo central del Reglamento establece los principios generales del marcado CE, el cumplimiento con las legislaciones transversales, las obligaciones de los EM y de los agentes económicos, la evaluación de la conformidad de los productos y la garantía de trazabilidad en toda la cadena de suministro.
Como en otros marcos legislativos, se establecen los procedimientos de evaluación de conformidad por módulos, en función del riesgo y del nivel de seguridad requerido, reforzado por la participación de los organismos notificados para determinados fertilizantes con marcado CE.
Para el marcado CE, los requisitos mínimos de contenidos y de calidad de los fertilizantes y los máximos permitidos para los contaminantes, se tipifican y recogen por categorías.