En este artículo se analizan las posibilidades actuales para ajustar la dosis de los tratamientos a la cantidad mínima necesaria, en el supuesto de que se respeten los principios de las buenas prácticas sanitarias. También se avanzan los resultados de las evaluaciones de dos nuevos equipos de tratamientos realizadas respectivamente en Raïmat (Lleida), en la finca Codorníu-Raventós y en la finca Daramezas (Toledo) de Bodega Las Copas (González Byass).
Dosis ajustada en los tratamientos del viñedo
Santiago Planas de Martí y Carla Román Rochina. Grupo de Investigación en Agrótica y Agricultura de Precisión. Universidad de Lleida – Fundación Agrotecnio.
En el Reglamento 1107/2009/CE se establece que “los productos deben ser aplicados a la dosis mínima necesaria para asegurar un nivel de eficacia aceptable”. También la norma EPPO PP1/225 sentencia que “para reducir la exposición ambiental y personal al producto fitosanitario, únicamente debe aplicarse la dosis mínima que permita alcanzar el efecto deseado sobre la plaga objetivo”.
Convendríamos pues que, en condiciones ideales y siguiendo las buenas prácticas sanitarias, la dosis aplicada debe coincidir con la dosis mínima efectiva a la que se refieren las citas anteriores. No obstante, transportar a la práctica esta premisa entraña serias dificultades a las que normalmente hacen frente los responsables de los tratamientos químicos de los cultivos.
En tratamientos insecticidas y fungicidas de cultivos 3D, la primera dificultad surge al interpretar la dosis informada en las etiquetas de los productos fitosanitarios y en el registro del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
En los primeros once meses del año 2019 se han autorizado o renovado un total de once nuevos preparados, fungicidas o insecticidas, para su uso en viñedo (fecha de consulta: 10 de diciembre de 2019). Se trata de fungicidas para el control de mildiu (cinco) y oídio (tres), y de tres formulados para tratar plagas causadas por insectos y ácaros.
A excepción de dos de los insecticidas, en los que la dosis viene expresada en concentración (%), en los formulados restantes la dosis se expresa en cantidad de producto por superficie cultivada (l/ha). Solamente para uno de los insecticidas, la dosis se indica mediante un intervalo. En el resto de formulados (diez), la dosis responde a un valor único, lo que no permite su ajuste al escenario concreto del tratamiento (arquitectura del viñedo, estadio fenológico y eficiencia del equipo de tratamientos).
En el registro, para cada producto también se indica el volumen de caldo (l/ha) con el que deberá realizarse la aplicación. El volumen de caldo es expresado como cantidad fija (1.000 l/ha) o mediante un intervalo cuyo límite inferior se sitúa entre los 300 y los 500 l/ha y el límite superior entre los 1.000 y los 1.500 l/ha.